Un juez cuestiona la legalidad de algunas cláusulas hipotecarias ante el Tribunal de la UE

  • El magistrado se refiere a los 'swaps', un seguro para proteger préstamos hipotecarios frente a las subidas de los tipos de interés.
  • Quiere saber si el 'swap' es un servicio de asesoramiento de inversión, y si ello obliga al banco a hacer un test de idoneidad al cliente.
  • En España, unas 200.000 personas han contratado este tipo de producto.
Muchas cláusulas se firman sin contar con información.
Muchas cláusulas se firman sin contar con información.
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Muchas cláusulas se firman sin contar con información.

Un juzgado mercantil de Barcelona ha planteado una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para que se pronuncie sobre la legalidad de algunas cláusulas de las hipotecas.

Se trata de los llamados swaps, un tipo de pacto financiero o seguro para proteger préstamos hipotecarios frente a subidas de tipos de interés (básicamente el Euríbor). No es la primera ve que un magistrado pone en duda la legalidad de este tipo de productos, pero sí la primera en que un juez pregunta al respecto a magistrados de la UE.

En un auto, el juzgado mercantil número 4 de Barcelona ha acordado suspender el procedimiento abierto a raíz de la demanda presentada por una pareja para pedir la nulidad de un swap de intereses que suscribieron con su hipoteca, hasta que el Tribunal de la UE se pronuncie sobre si ese producto debe ser declarado nulo.

Cubrir la variación de los tipos

Un swap de intereses obliga al banco a pagar la diferencia si el euribor se mantiene bajo el límite pactado y a los prestatarios si ocurre lo contrario.

En España se calcula que unas 200.000 personas han contratado esos swaps de intereses para cubrir el riesgo de variación de los tipos de interés de los préstamos hipotecarios. Muchas de estas personas han acabado presentando demandas ante los tribunales por considerar abusiva este tipo de cláusula o producto.

Por ejemplo, el pasado mes de abril, en Murcia, un banco perdió un juicio por no haber explicado el riesgo de una inversión a uno de sus clientes. Incluso en el juicio, no quedó claro en qué consiste un swap.

¿Es un servicio de asesoramiento de inversión?

En este caso, el juez de Barcelona mantiene en su auto que para firmar ese swap de intereses la entidad financiera (en este caso, Caixa Galicia) no efectuó a sus clientes ni el test de idoneidad ni el de conveniencia.

El auto recuerda que, en el caso de que se considere el swap un servicio de asesoramiento de inversión, la entidad bancaria tiene la obligación de informarse sobre dicho producto, la situación financiera y los objetivos de inversión del cliente con el fin de recomendarle los instrumentos financieros que más le convengan, de acuerdo con las directivas europeas sobre la bancaria.

Por este motivo, el juez de lo mercantil pregunta a los tribunales europeos si un swap debe ser considerado un servicio de asesoramiento de inversión y si, en ese caso, la falta del test de idoneidad que prevé la ley "debe determinar la nulidad radical" del producto.

Test de conveniencia

En caso de que no se considere una figura de asesoramiento de inversión, el juez cuestiona si dicho producto debe ser anulado por el mero hecho de haberse suscrito sin el correspondiente test de conveniencia.

El magistrado titular del juzgado mercantil número 4 de Barcelona pregunta además al tribunal europeo su posición sobre las garantías de protección del inversor que deben imperar sobre instrumentos financieros como los swaps.

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