La Guardia Civil llamará a declarar a Marichalar por el accidente de Froilán

  • El hospital donde fue atendido el menor remitió el parte de lesiones al juzgado de guardia, que ha encargado la investigación a la Guardia Civil.
  • Jaime de Marichalar podría enfrentarse a una multa de hasta 3.000 euros.
Jaime de Marichalar, en una imagen reciente.
Jaime de Marichalar, en una imagen reciente.
GTRES
Jaime de Marichalar, en una imagen reciente.

Tal y como rigen la ley, Jaime de Marichalar tendrá que declarar ante la Guardia Civil por el accidente que su hijo Felipe Juan Froilán sufrió en una finca familiar de Soria, al dispararse una escopeta que estaba manejando.

Al ser atendido en el hospital, el centro médico debe y así lo hizo, remitir el parte de lesiones (por ser de arma de fuego) al juzgado de guardia correspondiente, que a su vez ha abierto diligencias y trasladado mandato a la Guardia Civil para que investigue los hechos.

La Benemérita deberá ahora esclarecer en qué circunstancias se produjo el disparo que hirió al menor. La Casa Real ha reconocido ya que fue el propio Froilán el que se hirió mientras realizaba prácticas de tiro, por lo que la Guardia Civil deberá además sancionar que un menor de 14 años estuviera manejando armas de fuego, algo que contraviene el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas.

Fuentes del instituto armado han asegurado a 20minutos que se llamará a declarar a Jaime de Marichalar próximamente, pero que no tienen intención de comunicar el día y la hora porque quieren que sea "algo discreto". Según esas fuentes la declaración se producirá en un cuartel de la Guardia Civil en Soria. De hecho, la investigación se le ha encargado a la sección de Intervención de Armas de Soria, provincia donde se produjo el accidente.

Jaime de Marichalar podría enfrentarse a una multa de hasta 3.000 euros por una falta grave, contemplada en el Reglamento de Armas, al permitir que su hijo Felipe Juan Froilán utilizara un arma de fuego sin contar con licencia, a la que tampoco puede tener acceso por ser menor de catorce años.

Además de los artículos 105 y 109 del Reglamento de Armas que establecen una edad mínima de catorce años para el uso de armas de fuego en cualquier circunstancia, el apartado C del artículo 156 castiga con hasta 3.000 euros "la omisión, insuficiencia o ineficacia de las medidas o precauciones obligatorias para garantizar la seguridad de las armas que posean los particulares, en los domicilios o lugares de uso". Para estos últimos casos, se prevén multas de 300 a 6.000 euros.

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