El Supremo ratifica la condena a Galicia a pagar una operación de cambio de sexo

  • El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso que el Servicio Gallego de Salud interpusó tras ser condenado a pagar una operación de cambio de sexo.
  • La administración gallega aludía en su recurso a una sentencia del Tribunal Superior de Asturias que negó el pago del cambio de sexo a un transexual.
  • El Supremo no ve analogías entre los casos y recuerda que el Servicio Gallego incluye el cambio de sexo en su cartera de servicios.
  • La afectada denuncia la "discriminación laboral" que ha sufrido y ansía poder llevar "una vida normal y digna".
Imagen de archivo de la fachada del Tribunal Supremo, en Madrid.
Imagen de archivo de la fachada del Tribunal Supremo, en Madrid.
EUROPA PRESS
Imagen de archivo de la fachada del Tribunal Supremo, en Madrid.

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso del Servicio Gallego de Salud (Sergas) a la sentencia del Tribunal Superior de Galicia que le condenaba a pagar una operación de cambio de sexo con cirugía correctiva de una paciente diagnosticada con transexualismo y con un síndrome ansioso-depresivo asociado.

La administración sanitaria gallega aludía en su recurso de casación ante el Supremo a una sentencia de 2003 del Tribunal Superior de Asturias que negaba la petición de un transexual del reintegro de los gastos generados por su intervención de cambio de sexo.

En su fallo el Alto Tribunal no ve analogías entre ambos casos y detalla que la cirugía de cambio de sexo queda excluida de protección con cargo a la Seguridad Social salvo la reparadora en estados intersexuales patológicos, como es el caso de la demandante, la viguesa C.T.G.A., alias Charlotte Goiar, a punto de cumplir 41 años.

También recuerda que el Sergas ha incluido la cirugía de cambio de sexo en su cartera de servicios comunes pero alega que no puede proporcionar este servicio por falta de centros autorizados para ello en su ámbito de influencia.

La demandante ha solicitado por escrito, con fecha de 31 de julio en el registro del Sergas en Vigo, la ejecución de la sentencia, que es firme y contra la que no cabe recurso, para evitar la presentación de una demanda ejecutiva.

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG) daba la razón, en marzo de 2012, a C.T.G.A., y revocaba una sentencia de 2008 del Juzgado de lo Social de Vigo que no reconocía el estado intersexual patológico de la paciente, y que es el único supuesto contemplado para la financiación pública de la operación.

El TSJG consideraba "contradictorio" este fallo anterior, pues de hecho el juez de instancia creía probados los "graves problemas" de adaptación y comportamiento de la demandante, a tratamiento psicológico desde 1991.

El fallo del alto tribunal gallego condena al Sergas a que proceda a la realización de la prestación sanitaria consistente en reasignación de sexo con cirugía correctiva, según las indicaciones terapéuticas aplicables.

'Charlotte Goiar'

La demandante, conocida como Charlotte Goiar en varios foros de Internet sobre el transexualismo o síndrome de Harry Benjamin, fue diagnosticada a los 7 años y recibe tratamiento hormonal desde los 16 años.

Charlotte denuncia la "discriminación laboral" sufrida, ya que hasta 2007 en su DNI figuraba el nombre y el sexo masculino con el que fue inscrita en el Registro Civil.

Describe su caso como "una suerte de eutanasia social", que es, en su opinión, "mucho más cruel" que la física, y ansía poder llevar "una vida normal y digna, como todo ser humano se merece", una vez se someta a la operación de cambio de sexo.

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