Ruth Ortiz recurre ante al TSJA para poder enterrar los restos óseos de sus hijos

  • Su abogada entiende que la sentencia contra Bretón vulnera los derechos de la madre respecto al destino de los huesos.
  • El magistrado Pedro Vela estipuló que no se le entregaran hasta que la sentencia del caso fuese firme.
  • Más información sobre el 'caso Bretón'.
Ruth Ortiz, la madre de los menores desaparecidos en Córdoba.
Ruth Ortiz, la madre de los menores desaparecidos en Córdoba.
Efe
Ruth Ortiz, la madre de los menores desaparecidos en Córdoba.

La Audiencia Provincial de Córdoba ha recibido este martes el recurso de la abogada de Ruth Ortiz, que ahora remitirá al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), contra la sentencia dictada que condena a José Bretón, padre de sus hijos, Ruth y José, por dos delitos de asesinato.

La letrada, María del Reposo Carrero, entiende que se ha producido una vulneración del derecho positivo de la madre, concretamente de la Ley del Registro Civil, respecto al destino de los restos de los niños.

El magistrado de la Sección Tercera de la Audiencia, Pedro Vela, estipuló en este documento que no se le entregaran los restos a Ortiz para poder enterrarlos o celebrar una misa hasta que la sentencia no fuese firme.

La presentación de este recurso después de que la madre solicitara hace unas semanas a la Sección Tercera de la Audiencia de Córdoba que se le devolvieran los restos o que éstos se trasladaran a Huelva, bajo custodia de la Policía, para celebrar una misa.

"Humanidad"

En el escrito, desestimado por el tribunal, la letrada indicaba que ambas peticiones se basan "en razones de humanidad" y las considera, además, "perfectamente compatibles o si se quiere, conciliables", con las eventualidades que pueden surgir en el desarrollo del caso, puesto que "sobre los restos no habría que realizarse ninguna pericia o análisis complementario".

Asimismo, destacó que en el recurso que se admite la inscripción del fallecimiento "no sólo cuando haya existido una sentencia judicial firme, sino además cuando exista una orden de autoridad judicial a la que no se le exige requisito de firmeza, pudiéndose proceder en este caso a la inscripción del fallecimiento con su correspondiente enterramiento". "En tanto no se practique la inscripción no se expedirá la licencia para el entierro", añade.

Mientras, el abogado defensor de Bretón, José María Sánchez de Puerta, prevé agotar el plazo, que expira este jueves, para presentar un recurso ante el TSJA, en el que solicitará la absolución de su cliente, condenado a 40 años de prisión.

En el caso de que el TSJA mantenga la condena, también llegará al Tribunal Supremo (TS), en ese caso mediante la presentación de un recurso de casación.

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