Los bancos tendrán prohibido condonar las deudas de los partidos políticos

  • El Consejo de Ministros ha aprobado los anteproyectos de ley de control económico-financiero de los partidos y el Estatuto de los altos cargos.
  • Los partidos tampoco podrán recibir donaciones de personas jurídicas.
  • Es la penúltima reunión del Consejo de Ministros en 2013.
Cientos de manifestantes se concentran contra la corrupción.
Cientos de manifestantes se concentran contra la corrupción.
JORGE PARÍS
Cientos de manifestantes se concentran contra la corrupción.

Los partidos políticos no podrán recibir donaciones de personas jurídicas y los bancos tendrán prohibido condonarles las deudas, sea mediante cancelaciones totales o parciales o renegociaciones de los tipos de interés por debajo del precio de mercado.

Son algunas de las novedades del anteproyecto de ley de control económico-financiero de los partidos, aprobado este viernes por el Consejo de Ministros, que se ha tramitado junto al anteproyecto sobre altos cargos de la Administración General del Estado y dentro, ambos, del paquete de medidas para la regeneración democrática.

"Hasta ahora los partidos podían recibir donaciones con el límite de 100.000 euros anuales y la excepción de empresas que prestasen servicios a las administraciones públicas. Ahora se prohíben completamente las donaciones que tengan su origen en personas jurídicas", ha manifestado la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría.

Asimismo, ha insistido en que todos los partidos políticos tendrán que presentar sus cuentas al Tribunal de Cuentas y se prohibirá recibir subvenciones a partidos que no lo hayan hecho.

A preguntas de los periodistas sobre el papel de las fundaciones vinculadas a los partidos, la vicepresidenta ha dicho que a partir de ahora habrá unos "criterios muy claros para determinar si una fundación está vinculada o no a un partido" y si es así, habrá más transparencia y un mayor control sobre ella. No obstante, al no tener el mismo esquema jurídico de un partido, "la norma no podía ser la misma".

En otros países

En otros países la normativa sobre la donación de empresas a partidos es dispar. En Francia y en Bélgica, por ejemplo, está prohibida.

En Alemania sí pueden donar, pero hay militaciones con las cantidades: los donativos en efectivo superiores a los 1.000 euros están prohibiodos; a partir de 10.000 euros debe declararse la identidad del donante en la contabilidad anual del partido y está prohibido fraccionar sumas; toda suma superior a los 50.000 euros debe ser comunicada al Parlamento.

En Estados Unidos, los Comités de Acción Política recaudan dinero para los partidos de particulares, sindicatos y empresas con un límite. Los denominados Super PAC no pueden donar dinero directamente a los candidatos, aunque sí están sujetos a fiscalización, y tienen la obligación de declarar sus gastos así como el nombre de sus donantes. Las donaciones son ilimitadas.

En el Reino Unido casi toda la financiación de los partidos es privada. En el caso de las empresas, si la cantidad es mayor de 25.000 libras, la donación debe hacerse pública. El Gobierno italiano acaba de eliminar por decreto la financiación pública a los partidos; esta medida se aplicará de forma progresiva hasta 2017. La donación de empresas sí está permitida, con limites.

La parte penal, con enmiendas

En cuanto a los altos cargos, ha destacado como novedad que aquellos condenados por sentencia firme o los inhabilitados para cargo público no podrán ser nombrados alto cargo, así como aquellos que hayan sido condenados por "delitos contra las instituciones o la administración, incluido el delito de terrorismo", a menos que los antecedentes hayan sido dejados sin efecto.

El Consejo de Ministros ya aprobó el pasado 20 de septiembre un informe inicial con medidas de regeneración democrática que dividió en tres bloques normativos: uno relativo a la regulación de la actividad-económica financiera de los partidos; otro centrado en una mejor regulación de las funciones y ejercicio de los cargos públicos; y un tercero con medidas procesales y penales de lucha contra la corrupción.

La vicepresidenta del Gobierno, que ha calificado estas normas como el "núcleo esencial" del plan de regeneración democrática y contra la corrupción anunciado por el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, ha avanzado que la parte penal será incluida en la ley a través de enmiendas.

La oposición ha renunciado a realizar aportaciones a ese plan anticorrupción hasta no conocer la totalidad del articulado de los textos legislativos del Gobierno, a pesar de que hace un par de semanas el secretario de Estado de Relaciones con las Cortes, José Luis Ayllón, se reunió con algunos grupos y les repartió un documento de 18 folios con las líneas generales de las propuestas anticorrupción.

Partidos, cargos y medidas penales

La ley orgánica de control de la actividad económico-financiera de los partidos obligará a las formaciones políticas a depositar sus cuentas en un registro público y fijará reglas sobre el papel que pueden ejercer sus responsables de la gestión económica.

La segunda ley regulará el ejercicio del cargo público de la Administración General del Estado, incluyendo una codificación de derechos y obligaciones del cargo público, una ampliación del régimen de publicidad de las declaraciones de bienes y derechos patrimoniales y una concreción presupuestaria de las retribuciones.

Además, esta norma recogerá una homologación total del régimen de protección social en las mismas condiciones que el resto de trabajadores públicos; una concreción de los gastos de representación; la prohibición de tarjetas de crédito para gastos de representación; o la fiscalización 'ex post' del patrimonio de los cargos públicos por parte de la Oficina de Conflictos de Intereses una vez que abandonen su puesto.

Hay un tercer bloque de medidas que prepara el Gobierno en el que se incluyen las penales y procesales contra la corrupción. Así, el Gobierno creará un nuevo Título VII en la Ley sobre financiación de partidos políticos que tipificará conductas como la financiación ilegal de los partidos, la falsedad de las cuentas de los partidos políticos y la administración desleal de los fondos de los partidos.

Además, se reforzará el tratamiento penal de las conductas de prevaricación, cohecho, tráfico de influencias o fraudes. También se modificará la Ley de Contratos del Sector Público para ensanchar los supuestos de personas que no pueden acceder a la contratación pública.

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