Injurias e insultos en las redes sociales: ¿hay que reforzar la ley y "poner coto" a Internet?

  • El ministro del Interior lleva dos días insistiendo en la necesidad de moderar los comentarios en redes sociales con "instrumentos legales adicionales".
  • "Nuestra ley ya tiene una respuesta suficiente", dicen varios juristas.
  • La mayoría de nuestro entorno europeo tiene un panorama legislativo muy similiar en relación a las redes sociales y la persecución de delitos.
  • BLOG: Sitios "pocos recomendables", como Internet.
Tres 'w' de un teclado de ordenador.
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GTRES
Tres 'w' de un teclado de ordenador.

"Poner coto" a través de "instrumentos legales adicionales". El ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, lleva dos días insistiendo en la necesidad de moderar los comentarios en redes sociales. Lo hace después de que su departamento haya ordenado investigar decenas de mensajes de usuarios "absolutamente injuriosos y calumniosos" en Twitter —y, probablemente, Facebook— relacionados con el asesinato de la presidenta de la Diputación de León, Isabel Carrasco.

Hay que "limpiar de esos indeseables las redes", ha dicho, refiriéndose concretamente a quienes hacen "apología del delito" o practican una "incitación al odio"; sin embargo, dentro de su propia argumentación "entiende" el ministro que las conductas detectadas "están tipificadas en el Código Penal" y admite que quien delimita lo que es delito y lo que no son las autoridades judiciales. Desde algunos partidos e incluso sindidatos policiales se pide una regulación.

¿Hace falta? "Nuestra ley ya tiene una respuesta suficiente", explica a 20minutos Joaquim Bosch, magistrado y portavoz de Jueces para la Democracia. Lo que hay que determinar es si los comentarios señalados son solo "expresiones malsonantes" o constituyen una falta o un delito. Sergio Carrasco, abogado y cofundador de Derecho en Red, es de la misma opinión: "Las redes sociales no son ajenas a las leyes, todo el ordenamiento vigente es aplicable", asevera. Otros expertos en Internet, como el profesor de la Facultad de Comunicación de la Universidad de Navarra José Luis Orihuela, piensan igual.

El juez determina su gravedad

Si una persona comete un delito, las consecuencias son las mismas lo haga dentro o fuera de Internet. Con una salvedad, que hacerlo a través de una herramienta como lo son las redes sociales implica "publicidad", lo que agrava el hecho. En este caso, hablamos de vulneraciones del derecho al honor —protegido por la Constitución— como las injurias, expresiones "que lesionan la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación".  Y estas pueden ser leves o graves.

Una injuria, según el Codigo Penal —también hay protección civil—, está castigada con multas de 6 a 1 4 meses (graves con publicidad) y de 3 a 7 meses (otras graves); si es falta (leve), la multa es de 10 a 20 días. Solo las graves son delito. Las hay que son juicios de valor y las que imputan hechos, pero estas últimas solo son graves cuando se lleven a cabo con "conocimiento de su falsedad" o "desprecio hacia la verdad". Las injurias deben tener "un claro contenido ofensivo". Hay una línea muy delgada con la libertad de expresión.  

"Son una infracción penal especialmente circunstancial", explica Bosch, recordando que es el juez el que debe valorar su nivel de gravedad en función de lo que la sociedad considere grave. Pero el ministro ha hablado de apología y de incitación al odio. El primer concepto solo se considera delictivo si incita directamente a cometer un delito -pero con anterioridad, "no a posteriori", indica Carrasco- ; el segundo, se aplica hoy —artículo 510— a delitos contra grupos y asociaciones por cuestiones de raza, sexo, ideología, etc (este delito conlleva penas de prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses).

Por eso Fernández Díaz desliza la posibilidad de reforzar la ley. Para Carrasco, lo que el Gobierno busca es tener más capacidad de control sobre las redes sociales y también "reforzar las potestades administrativas sobre estos canales", ya que la obligatoriedad de pasar por un juez en ocasiones ralentiza los procedimientos. No obstante, hay condenas —Cristina Cifuentes— y detenciones —Operación Araña— recientes que demuestran que sí es posible actuar; en Internet también se persiguen delitos como calumnias, enaltecimiento del terrorismo, amenazas, delitos contra la Corona, delitos racistas, etc.

"Pescando" posibles delitos en Internet

En el caso de Isabel Carrasco, de momento, están investigando. O "pescando", según el abogado, lo que tampoco se adecuaría a la forma de actuar de la autoridad, que "tiene que tener un ámbito concreto y específico de investigación". Por regla general, de hecho, una injuria se persigue a instancia del agredido o de su representante legal, salvo que se dirija "contra un funcionario público, autoridad o agente" y esté relacionada con el ejercicio de sus cargos, dice Bosch.

Y después, está el anonimato. Hay personas que escriben comentarios en redes sociales con nombre y apellidos —algunos "no son conscientes", explica Carrasco, de que en la Red se aplica la legislación vigente—, pero otros no revelan su identidad. Y ahí está la dificultad para perseguir, si lo hubiera, el delito.

Primero, porque solo un juez puede pedir datos de un usuario, por ejemplo, a una operadora de Internet; segundo, porque para requerir esos datos a partir de una IP de Internet se tiene que estar investigando un delito grave (más de cinco años de cárcel), según la ley de Conservación de datos (recién modificada por el Gobierno después de una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que cuestionaba la legalidad de la directiva de origen).

Y tercero, porque "no siempre", recuerda Bosch, resulta fácil que las redes colaboren para llegar a los usuarios, muchas de ellas con sede en Estados Unidos. El Código Penal, de hecho, dice que en los casos de injurias y calumnias con publicidad el propietario del medio informativo "es responsable civil solidario".  Así, con las "manos atadas", las investigaciones policiales, explica Carrasco, acaban recurriendo muchas veces a la "ingeniería social", es decir, a tirar del hilo a partir de la información que los mismos usuarios han depositado en la Red: fotos, contactos, datos, etc.

Subcomisión de redes sociales

La colaboración es clave en la persecución de delitos en la Red, asegura Conrado Escobar, portavoz de Interior del Grupo Popular en el Congreso. Fue el impulsor de la subcomisión de estudio sobre las redes sociales, que está "en la recta final" de sus trabajos; "quedan dos o tres comparecencias" en junio, apunta el diputado, y después se elevarán las recomendaciones sobre el tema a la Comisión de Interior y al pleno.

Escobar asegura que hay que partir de que las redes "son un fenómeno positivo" y que el "primer filtro" en relación con la seguridad lo ponen los propios usuarios. Asimismo, apunta que no se puede "caer en la persecucion de la Red" y que lo que hay que hacer es "aislar el delito". Incluso, señala que el anonimato "casi no existe" y que gracias a los avances teconológicos es posible dar con la identificación de un usuario en una investigación. 

En redes sociales existe el "eterno debate entre libertad y seguridad", dice, Escobar, añadiendo que "evidentemente, tiene que haber normas, claras y adaptadas al tipo de usuario y lo más intuitivas posibles", sean de privacidad o de conducta. Cree que ya "existen tipos penales suficientes" para perseguir posibles delitos y que también es muy importante trabajar en el "complicado" terreno "educativo" y el uso responsable, algo que tratarán en profundidad las recomendaciones de la subcomisión.

Es "indispensable", señala, que las redes y operadores respondan ágilmente a las investigaciones de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, compartiendo información —destaca, por ejemplo, la colaboración en España con Tuenti— o facilitando la agilidad en las comisiones rogatorias en el extranjero. Y cree que todavía hay que trabajar mucho para delimitar con mayor precisión ciertas conductas como la suplantación de identidad. "Queda mucho por hacer", concluye.

En otros países

¿Y qué ocurre en otros países? Alejandro Touriño, abogado experto en Derecho en Internet, dice que la mayoría de nuestro entorno europeo tiene un panorama legislativo muy similiar en relación a las redes sociales y la persecución de delitos.

Sin embargo, "cada conflicto tiene su propia naturaleza", apunta, y si bien tenemos una normativa básica como son el Código Penal y el Civil, también existe en España la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSI) que se ocupa grosso modo de supuestos de responsabilidad. En otros países cercanos pasa lo mismo, aunque en Estados Unidos, por ejemplo, "no hay tanto un sistema de códigos como normas muy concretas", según se trate de temas de copyright o relacionados con el honor, como el que nos ocupa. No hay normas específicas sobre redes sociales "a nivel general", explica.

Mirentxu Mariño
Redactora '20minutos'

Licenciada en Periodismo por la UCM de Madrid (1996-2001). Máster en Dirección de la Empresa Audiovisual por la UC3M de Madrid (MeDEA, 2002-2003). Entré en 20minutos en 2007: antes estuve en COPE, EFE, Antena 3 y Diariocrítico.com. Trabajo en digital y en formato papel, con pleno dominio de ambos soportes. He realizado coberturas relevantes: Goya, 15-M, papeles de Wikileaks, juicios, Congreso de los Diputados, etc. Me gusta la información de tribunales y la de internacional, y mucho la de Cultura. Con el tiempo me he especializado en las entrevistas y tengo más de 200 en mi haber, sobre todo a músicos/grupos y escritores de todo tipo (Irene Vallejo, C. Tangana, Phil Collins, Antonio Muñoz Molina, Lola Dueñas, etc.). También he participado en especiales online y he hecho visualizaciones de datos. Tuve un blog de cine y otro de redes sociales. Ahora me dedico a editar a otros en Cierre.

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