¿Cómo cambian los paseos con menores en poblaciones de hasta 10.000 habitantes?

Niños montando en bicicleta
Niños montando en bicicleta.
FLICKR/LISSMCBOVZLA
Niños montando en bicicleta

El Gobierno ha publicado este viernes una orden en el Boletín Oficial del Estado (BOE) por la que se flexibilizan desde este viernes ciertas restricciones derivadas de la emergencia sanitaria provocada por la Covid-19 a municipios de menos de 10.001 habitantes y con una densidad de población inferior a 100 habitantes por km2 que se encuentren en unidades territoriales en fase 0 y 1.

Estas poblaciones podrán disfrutar de algunos de los alivios que contempla la fase 2 del plan de descalada que ha diseñado el Ministerio de Sanidad para terminar con el confinamiento que decretó para frenar la expansión del nuevo coronavirus. 

En cuanto a los paseos con menores de 14 años, los habitantes de estos pequeños municipios (unos ocho millones de españoles) ya no tendrán limitaciones horarias para salir a la calle previstas en la Orden SND/370/2020, de 25 de abril.

Además, ya está permitido que en estas pequeñas localidades de menos de 10.001  habitantes los niños y niñas puedan salir a la calle acompañados de los dos progenitores o de los adultos con los que convivan. Se elimina por tanto la regla de que sólo un adulto podrá acompañar a hasta tres menores. Los paseos quedan ahora permitidos a "todos los convivientes en un mismo domicilio", según recoge la Orden SND/427/2020, de 21 de mayo, publicada este viernes.

Dicha actividad se podrá practicar en el término municipal o, en su defecto, a una distancia máxima de cinco kilómetros, incluyendo municipios adyacentes, siempre que se encuentren dentro del ámbito de aplicación de esta orden y pertenezcan a la misma unidad territorial de referencia.

Estos desplazamientos no se permiten, sin embargo, a todas aquellas personas (menores o adultos) que presenten síntomas de la Covid-19, o estén en aislamiento domiciliario debido a un diagnóstico por Covid-19, o que se encuentren en periodo de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto estrecho con alguna persona con síntomas o diagnosticada de Covid-19.

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