El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes la remisión a las Cortes del proyecto de ley que modifica el régimen legal de la competencia desleal y de la publicidad ilícita, y prohíbe el "spam" telefónico y otras prácticas comerciales agresivas.
Como principal objetivo la norma pretende aumentar el nivel de protección de los consumidores y de las empresas y profesionales que compiten legítimamente, así como contribuir al buen funcionamiento del mercado interior.
Con esta ley se traslada al ordenamiento jurídico español la directiva europea de 2005 relativa a prácticas comerciales desleales y la de 2006 sobre publicidad engaños y publicidad comparativa.
Prácticas prohibidas
Según el texto del proyecto, se podrán perseguir legalmente el "spam", prácticas comerciales agresivas y comportamientos comerciales contrarios a la buena fe, la diligencia profesional y aquellos que distorsionen el comportamiento económico de los consumidores.
El texto considera que pueden alterar el comportamiento de los consumidores las conductas engañosas que contengan información falsa o que, aun siendo veraz por su contenido o presentación, puedan inducir a error a los destinatarios en cuestiones como la asistencia postventa o el tratamiento de las reclamaciones.
También se consideran desleales y agresivos comportamientos que puedan mermar, mediante acoso, coacción, fuerza o influencia indebida, la libertad de elección o conducta de los consumidores.
Asimismo se consideran desleales la ocultación de información necesaria, la transmisión de información de manera poco clara, ininteligible, ambigua o en un momento que no sea adecuado o inducir a los consumidores a tomar decisiones inmediatas con el pretexto de que un servicio sólo estará disponible solo un tiempo limitado y esto no sea cierto.
Se considera desleal, también, presentar los derechos que los consumidores tienen por ley como una característica especial del producto ofrecido.
Para combatir este tipo de prácticas, el nuevo texto legal prevé la posibilidad de emprender acciones para detener estas actuaciones, que sean rectificadas o que se reparen los posibles daños ocasiones a los usuarios afectados.
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