El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha dictaminado que los medios de comunicación no tienen porqué informar de antemano a las personas afectadas por la información que difunden y que por tanto no hubo violación del artículo 8, derecho a la protección de la vida privada y familiar de la Convención Europea de los Derechos Humanos, en el caso de Max Mosley, expresidente de la FIA, contra el diario News of the World.
El periódico sensacionalista sacó en su portada en el mes de marzo las fotos y la noticia de la orgía con connotaciones nazis que el británico había organizado, y que había sido grabada por uno de los participantes. Mosley presentó una demanda por daños y perjuicios a su intimidad y la Alta Corte estimó únicamente que el diario pagase 60.000 libras esterlinas (68.500 euros) al entonces máximo mandatario de la FIA.
Este decidió presentar directamente un recurso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en septiembre del mismo año por una posible violación del mencionado artículo 8, pero ha sido desestimada. Ahora, Mosley tiene tres de meses de plaza para recurrir el caso ante la Gran Cámara de la Corte, cuyo dictamen ya sí será definitivo.
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