Cada comunidad autónoma se encarga de valorar si la persona necesita "la atención de otra persona para realizar actividades básicas de la vida diaria" o, en personas con discapacidad intelectual, "apoyos para tener una vida autónoma". En el caso de la Comunidad de Madrid, el organismo competente es la Dirección de Atención al Mayor y a la Dependencia, dependiente de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social.
Getty ImagesPara pedir el reconocimiento del grado de dependencia la persona debe residir legalmente en España y haberlo hecho durante cinco años y, en concreto, vivir en la Comunidad de Madrid en la fecha en la que presente la solicitud. En el caso de los menores de 5 años, los padres, tutores o personas que tengan la guardia y custodia, deben residir de forma legal en España.
Getty ImagesPara solicitar el grado de dependencia primero debe cumplimentar el formulario que puede descargar aquí. Además, debe disponer de la siguiente documentación: NIF/NIE de la persona interesada o del representante legal, certificado de empadronamiento, informe de salud actualizado, informe social, certificado de discapacidad (en caso de tenerlo), declaración del impuesto sobre patrimonio (en caso de estar obligado) y datos bancarios.
COMUNIDAD DE MADRIDLa tramitación de la solicitud se puede realizar 'online' o de forma presencial. Si elige hacerla en persona, una vez cumplimentado, pulse ‘Descargar formulario’ para obtenerlo en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde en los Servicios Sociales del Ayuntamiento dónde esté empadronado o en los lugares habilitados para ello. Deberá consultar si es necesario pedir cita previa obligatoria.
Getty ImagesSi realiza el trámite de forma telemática, necesitará disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos. Una vez cumplimentada la solicitud ‘online’ deberá presentarla pulsando en ‘Enviar al registro’. En la siguiente pantalla, podrá adjuntar el resto de documentos. Además, puede consultar el estado de su tramitación, aportar documentos y enviar comunicaciones a través de la consulta de situación de expedientes.
COMUNIDAD DE MADRIDUna vez haya entregado la solicitud y documentación requerida, ya sea de forma presencial o telemática, deberá esperar a que la Dirección General de Atención al Mayor y la Dependencia se ponga en contacto con usted o su representante para fijar el día y la hora de la valoración.
Getty ImagesEn la Comunidad de Madrid, la valoración de la situación de dependencia la realiza un profesional sociosanitario con formación específica en la aplicación del Baremo de Valoración de la Situación de Dependencia (BVD). Esta valoración se lleva a cabo en el domicilio de la persona, teniendo en cuenta los informes médicos, el entorno en el que vive y, si las hubiese, las ayudas técnicas, órtesis y prótesis prescritas.
Getty ImagesEn el caso de los niños menores de 3 años, la valoración la realiza personal médico en el Centro Regional de Coordinación y Valoración Infantil (CRECOVI), utilizando la Escala de Valoración Específica (EVE). Esta valoración no es permanente y se debe revisar cada seis meses. A partir de los 36 meses, se valora al menor aplicando el BVD.
Getty ImagesTras la valoración por el organismo competente, se establece el dictamen técnico, que recoge el diagnóstico principal que origina la situación de dependencia y el grado de dependencia a reconocer: grado I o dependencia moderada, grado II o dependencia severa y grado III o gran dependencia. A partir de ese momento, se abre un periodo de un mes en el que podrá interponer un recurso de alzada ante la Consejería, si lo cree necesario.
Getty ImagesEn la resolución también se incluye el Programa Individual de Atención (PIA), donde se determina el recurso más adecuado a las necesidades y preferencias de la persona. Puede tratarse de una prestación económica, que financie un servicio, la atención domiciliar o el contrato de una asistencia personal, o de un "servicio de atención", entre los que se encuentran residencias, centros de día, teleasistencia o atención temprana.
Getty ImagesLas personas reconocidas en situación de dependencia pueden solicitar la revisión de su grado y del PIA cuando consideren que se ha producido una variación considerable en su situación de salud o de su entorno. Por otro lado, en el caso de que se produzca un traslado de comunidad, la persona debe informar con antelación a la Dirección General de Atención al Mayor y la Dependencia.
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