Las empresas de 50 empleados o más, para cumplir la ley, tienen que emplear, al menos, un 2% de las personas con una discapacidad de al menos el 33%. De lo contrario, se exponen a una multa o a tener que justificar que su empleo no puede ser desempeñado por una persona con discapacidad. Sin embargo, este porcentaje es superior en el empleo público, donde se debe, según la orden HFP/688/2017, reservar un 7% de plazas ofertadas para las personas con discapacidad.
Este porcentaje, no obstante, ha ido variando a lo largo de los años. Hasta 2010 era de sólo el 5%, pero España tuvo que aumentarlo para adaptar su legislación a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada en 2006.
LA CAIXA/EUROPA PRESS - ArchivoEste cambio de legislación supuso también un reconocimiento de la diversidad dentro de la discapacidad, pues dentro de ese 7% se establece que un 2% se reserve para personas con discapacidad intelectual, cuya inserción laboral es aún más complicada. Especialmente entre los jóvenes, pues sólo el 8% trabaja.
Getty ImagesLos requisitos para poder presentarse a una oposición son las mismas que las de cualquier persona sin discapacidad en cuanto a edad, nacionalidad, titulación, etc. El único requisito adicional es acreditar un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%.
Getty ImagesCuando una persona con discapacidad se presenta a un examen para acceder a un empleo público, puede solicitar una serie de adaptaciones que le faciliten llevarlo a cabo. Estas adaptaciones deberán solicitarse previamente y pueden ser adaptaciones de medios (por ejemplo, para personas con discapacidad auditiva o visual, o adaptaciones físicas para personas con discapacidad motora, etc.) o adaptaciones de tiempos, es decir, que se les conceda un tiempo adicional para la realización de las pruebas. Además, las personas con discapacidad están exentas de pagar la tasa para presentarse a los exámenes.
Las personas con discapacidad tendrán que demostrar "la compatibilidad con el desempeño de las tareas". Es decir, que cabe la posibilidad de que, aunque se hayan preparado las oposiciones, no puedan acceder al puesto porque la administración pública considere que el empleo no sea compatible con su discapacidad.
Una vez superadas las pruebas, la adjudicación se realiza según la petición de destino y de acuerdo con la puntuación total obtenida. Sin embargo, hay que tener en cuenta que, quien solicite optar a una de las plazas reservadas a personas con discapacidad, sea por el cupo general o el intelectual, únicamente podrá presentarse por esta vía, no podrá optar al resto de plazas o podrá ser excluido del proceso.
FUNDACIÓN ONCE / EUROPA PRESSA pesar de todas estas medidas destinadas a la inclusión laboral de las personas con discapacidad en el empleo público, el mundo asociativo de la discapacidad cree que son insuficientes, pues la realidad es que muchas de estas plazas reservadas se quedan sin cubrir y tienen que ser ocupadas por personas sin discapacidad, especialmente las oposiciones de los grupos A1 y A2, donde apenas se cubre el 30% de las plazas reservadas. Mayores apoyos en los exámenes, en la preparación de oposiciones y un mejor acceso de las personas con discapacidad a los estudios superiores podrían ser medidas útiles para que se cubrieran estas plazas reservadas.
SERVIMEDIASe calcula, con bastante consenso, que alrededor del 1% de la población está dentro del espectro autista. Por este motivo, y porque es el colectivo de la discapacidad con una mayor tasa de desempleo (casi un 90%), la Confederación Autismo España pidió hace unos meses que, dentro de la reserva de plazas en las oposiciones para personas con discapacidad, un 1% de esa reserva fuera para las personas con TEA, ya tengan o no discapacidad intelectual, "aunque no exista una discapacidad intelectual asociada, el autismo por sí mismo implica una serie de dificultades y características propias", explica María Pindado, delegada de Asuntos Públicos de Autismo España.
El adelanto electoral dejó sin aprobar el Proyecto de Ley de la Función Pública de la Administración del Estado. Entre las novedades de esta ley estaba la de elevar el porcentaje de plazas que se reservan para personas con discapacidad en el empleo público de 7 al 10%. Además, en el artículo 40, dedicado enteramente a la discapacidad, se establecen otras novedades, como la creación en cada uno de los departamentos ministeriales de una unidad de inclusión del personal con discapacidad para prestarles el apoyo administrativo especializado y velar por su plena incorporación y desarrollo profesional. Habrá que esperar a la formación de un nuevo gobierno para ver si estas promesas se cumplen finalmente.
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