Consumo

La cantidad máxima de dinero en metálico que Mercadona, Carrefour o Lidl permiten para poder pagar en sus tiendas

Pagar las compras con dinero en efectivo sigue siendo la opción preferida por los españoles por delante de la tarjeta de crédito y los dispositivos móviles. Así se desprende del Estudio sobre hábitos en el uso del efectivo 2022 publicado por el Banco de España. De acuerdo con el informe, tres de cada cinco encuestados asegura utilizar el dinero en metálico a diario.

Uno de los motivos para usar efectivo es que se controlan mejor los gastos. El hecho de que para abonar una compra solo haya que pasar una tarjeta por encima de un lector hace que no nos demos cuenta en ocasiones de la cantidad de dinero que estamos gastando. Da igual que sean 50 o 100 euros, la acción que se realiza ya casi por instinto es la misma.

Entre los negocios donde se suele pagar más con dinero en efectivo para que tu carro de la compra no se dispare están los supermercados. Sin embargo, la cantidad de dinero que se puede usar en compras está limitado para controlar el fraude fiscal.

En Mercadona, Carrefour o Lidl, las tres principales cadenas de supermercados del mercado español, la máxima cantidad de dinero en efectivo que admiten son casi 1.000 euros. Esta limitación afecta igualmente al resto de establecimientos del sector. 

"Por Ley, no podemos aceptar pagos en efectivo de más de 999,99 euros. Si el importe de tu compra es superior, puedes pagar hasta esa cantidad en efectivo y el resto de la compra con tarjeta", explica en su página web. Mercadona, la líder del sector con una cuota de mercado del 25,6%, según el último estudio publicado por la consultora Kantar

Además, en los establecimientos de la compañía que preside por Juan Roig el pago con monedas está limitado a 50 monedas, aunque pueden ser de igual o diferente valor.

La que ha provocado el cambio en la limitación de los pagos con dinero en metálico es la Ley 11/2021, de 9 de julio de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, que en la práctica ha rebajado la cantidad de 2.500 a casi 1.000 euros. 

Esta norma ha modificado la Ley de 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude.

En su artículo 7 reza ahora: "No podrán pagarse en efectivo las operaciones, en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a 1.000 euros o su contravalor en moneda extranjera", 

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