Competencia multa al Grupo Audax con 9,2 millones por captar clientes de luz y gas mediante prácticas fraudulentas

Las claves del tope de gas en la factura de la luz
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Las claves del tope de gas en la factura de la luz

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto este lunes una multa de 9,2 millones de euros a varias comercializadoras del Grupo Audax por la realización de prácticas fraudulentas con el objetivo de captar clientes de luz y gas de otras compañías, conductas prohibidas expresamente por el artículo 3 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia. 

Según el organismo, las comercializadoras del Grupo Audax llevaron a cabo "actos de engaño y confusión" para propiciar que clientes que tenían sus contratos con comercializadoras rivales pasaran a formar parte de su cartera de clientes domésticos de electricidad y gas, desde enero de 2018 hasta octubre de 2021.

La CNMC ha acreditado que las comercializadoras sancionadas del Grupo Audax han llevado a cabo diversas estrategias como el intento de captación de clientes haciéndose pasar por su compañía habitual; la comunicación a los consumidores de una supuesta actualización o renovación de la tarifa, haciéndose pasar por su compañía habitual; el ofrecimiento a los consumidores de supuestos descuentos en la tarifa asegurando que seguirían vinculados a su compañía habitual; la comunicación de un supuesto cambio obligatorio de comercializadora debido a una supuesta desaparición o cambio de denominación de su compañía habitual y la comunicación de un supuesto cambio de facturación o de distribuidora.

Asimismo, ha quedado acreditado por la CNMC que estas conductas desleales fueron llevadas a cabo "de forma generalizada, afectando a miles de clientes, incluyendo a consumidores vulnerables, provocando así un cambio efectivo y significativo del comportamiento de la demanda en los mercados de servicios esenciales de comercialización de luz y gas a clientes domésticos".

Infracción grave

Con todo ello, la CNMC ha resuelto imponer a Audax Renovables S.A.., Ads Energy 8.0, S.L.U., Ahorreluz Servicios Online, S.L., BY Energyc Energía Eficiente, S.L., Iris Energía Eficiente, S.A. y Masqluz 2020, S.L., una multa total de 9.258.270 euros por la comisión de una infracción grave del artículo 62.3.a) de la Ley 15/2007.

En abril de 2021, a la vista de la información recabada gracias a diversas denuncias presentadas ante la CNMC, y a la información aportada por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), se inició un expediente sancionador por posibles prácticas anticompetitivas.

Por su parte, Audax ha informado este lunes que tras analizar la resolución de Competencia interpondrá un recurso contra la misma. "Audax Renovables muestra su desacuerdo con los argumentos que esgrime la CNMC, y, por ello, recurrirá la resolución sancionadora ante la Audiencia Nacional", ha señalado la compañía. 

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