Consumo

Las nuevas obligaciones de las entidades financieras para comercializar las tarjetas 'revolving' sin falta de transparencia

Pese a que en los últimos años le ha ganado la batalla al dinero en efectivo, lo cierto es que su reinado va a ser bastante efímero. Están surgiendo nuevas formas de pago, a través del smartphone y otros dispositivos, que cada vez tienen más éxito y que hacen pensar que la tarjeta tiende a desaparecer.
Pixabay

El Tribunal Supremo consideró en una sentencia de 2020 que los contratos de las tarjetas revolving realizados por entidades de crédito que aplicasen tipos de interés superiores al precio normal del dinero y manifiestamente desproporcionados suponen usura y hay que anularlas. 

El Alto Tribunal se pronunció así sobre una sentencia referida a una tarjeta comercializada por WiZink Bank con una TAE inicial del 26,82%, sentando así jurisprudencia sobre el tema. Esta sentencia además fue ratificada en marzo de 2021 por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE).

Y es que miles de consumidores se han visto perjudicados por esta situación debido, entre otros, a la falta de transparencia en la comercialización de este productos. Eso ha llevado al Banco de España a emitir la Circular 3/2022, de 30 de marzo, donde se incluyen nuevas obligaciones de transparencia informativa.  

En esa circular el regulador desarrolló una serie de obligaciones de información que las entidades deberán facilitar a sus clientes al vender  productos de crédito revolving, tanto antes de la contratación como durante la duración del contrato. Las nuevas exigencias, que se publicaron hace seis meses en el  Boletín Oficial del Estado (BOE), entraron en vigor la semana pasada. 

¿Qué establece la nueva normativa?

La nueva normativa establece que la entidad de proporcionar "un ejemplo representativo" del préstamo antes de que el cliente contrate el crédito revolving, en el que se incluya información sobre el límite del crédito, el importe total adeudado, el tipo de interés aplicado, la TAE, el plazo de amortización y la cuota a pagar. 

El ejemplo presentado por los bancos y entidades de crédito debe mostrar, al menos, dos alternativas de financiación. Cuando el contrato de crédito incluya dos o más modalidades de pago aplazado con interés y al menos una de ellas sea la modalidad revolving, deberá incluir un ejemplo de financiación para cada modalidad.

Para los ejemplos de créditos con pago aplazado mediante cuotas periódicas flexible se deberá indicar expresamente la palabra revolving. Asimismo, los ejemplos de financiación se determinarán en función de la cuota mínima establecida en el contrato para esa modalidad de pago y, para calcular el ejemplo, se utilizará un límite de crédito de 1.500 euros con carácter general, salvo que el cliente haya solicitado otro importe.

La nueva normativa también obliga a las entidades a enviar comunicaciones periódicas a sus clientes de créditos revolving que incluyan ejemplos de escenarios de ahorro. 

En concreto, si la cuota de amortización es inferior al 25%, la entidad tiene que facilitar información sobre tres posibles escenarios de ahorro que simularán el importe de las cuotas que se tendrían que abonar si se incrementase la cuota de amortización en un 20%, un 50% y un 100%.

Los tres escenarios también indicarán la cuantía total que se acabaría pagando en cada uno de ellos, desglosando principal e intereses, así como la fecha en la que se terminaría de abonar el crédito. Además, las entidades deberán realizar un estudio de solvencia del consumidor antes de firmar el contrato. 

¿Cómo funcionan las 'revolving'?

Las tarjetas revolving ponen a disposición del cliente un límite de crédito que puede devolverse a plazos a través de cuotas periódicas que pueden establecerse como un porcentaje de la deuda existente o como una cuota fija.

La deuda derivada del crédito se renueva mensualmente, reduciéndose con los pagos de cuotas y aumentando con el uso de la tarjeta y con los intereses, comisiones y gastos generados, lo que deriva en que, si la cuota mensual que se paga es muy baja respecto al importe de la deuda, la amortización del principal se realiza a un plazo muy largo, elevando los intereses a pagar.

Los datos del Banco de España reflejan que el tipo medio para las tarjetas revolving se situó en julio en el 18,22%, ligeramente por debajo del 18,55% registrado hace un año, pero muy por encima del tipo medio ponderado del 6,82% aplicable al resto de los préstamos al consumo. Antes del fallo del Supremo, el tipo medio de las nuevas operaciones rondaba el 20%.

Los últimos datos disponibles reflejan que el saldo vivo de los créditos con pago aplazado y tarjetas revolving fue de 11.604 millones de euros en agosto, lo que supone un aumento del 15,3% desde que comenzó el año

La cifra de agosto es un 2% superior al de julio y un 19% mayor que el de un año antes. Algunos expertos atribuyen el aumento de solicitudes a la escalada de la inflación, que escaló en agosto hasta el 10,5%, elevando así el coste de la vida de los hogares españoles. 

loading...