Economía y finanzas

A partir de 2023

La ayuda de 100 euros por hijos que puedes cobrar sin tener derecho al IMV

La ayuda de 100 euros por hijos que puedes cobrar sin tener derecho al IMV
Europa Press

La Ley del Ingreso Mínimo Vital, publicada en el BOE el pasado 21 de diciembre tras su aprobación por el Consejo de Ministros, contempla nuevas ayudas que tienen como objetivo beneficiar a los potenciales beneficiarios que se encuentren en una situación de vulnerabilidad económica. Una de las principales novedades de esta prestación no contributiva es que las familias pueden recibir una subvención de hasta 100 euros mensuales por cada hijo. Pero, en contra de lo que muchas personas puedan llegar a creer, no es un requisito que los beneficiarios estén cobrando el IMV.

El nuevo complemento de ayuda para la infancia pretende ser una herramienta universal que pasarán a cobrar todas las madres. Hasta ahora, solo se recibía si la madre era trabajadora. Las unidades de convivencia que ya cuentan con el IMV y tengan hijos menores, disfrutarán de una ayuda extra, sin que tengan que solicitarlo previamente. A ellos se suman, además, las familias que no cumplan los requisitos previstos para cobrar el IMV. Ahora bien, en el caso del Ingreso Mínimo Vital, es la edad de cada hijo menor a cargo la que determina el importe que se puede recibir: si es menor de tres años, será de 100 euros, si tiene entre 3 y 6 años, de 70 euros, y de 50 euros si tiene entre 6 y 18 años.

Quién puede pedir la subvención de 100 euros por hijo en 2023

El Consejo de Ministros aprobó la pasada semana la Ley de Familias, diseñada por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, encabezado por Ione Belarra, que incluye como una de sus medidas estrella el cheque bebé universal de 100 euros mensuales que entrará en vigor a partir de 2023.

Aunque antes solo recibían esta subvención las madres trabajadoras, ahora se extenderá también a las familias que perciben prestaciones contributivas o subsidios de desempleo. A ellos se unen las mujeres con hijos menores de tres años, los progenitores que son del mismo sexo, y el padre o tutor en caso de fallecimiento de la madre. Además, las madres que trabajan a tiempo parcial o temporal cobrarán la deducción reembolsable del IRPF completa y no en proporción.

Desde 2025, se puede aplicar la deducción de la cuota diferencial, que es posible realizarla por vía telemática, desde la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, por teléfono, a través del Centro de Atención Telefónica de la Agencia Tributaria, llamando al número de teléfono gratuito 901 200 347, o presencial en cualquier Delegación o Administración de la Agencia Tributaria con el modelo 140 cumplimentados.

Quién tiene derecho a recibir la ayuda a la infancia ligada al IMV

Sin que sea necesario presentar ninguna solicitud, ni presentar documentación a la Seguridad Social, pueden recibir la ayuda a la infancia, los actuales beneficiarios del IMV, los solicitantes de este ingreso que tengan el expediente en trámite y aquellos que ya cuentan con la prestación de protección familiar que reúnan una serie de requisitos; perciben la asignación económica por hijo o menor a cargo sin discapacidad o capacidad inferior al 33%, o su unidad de convivencia está formada solo por los miembros que aparecen en el expediente de la prestación por hijo a cargo. Este último colectivo debe tener las condiciones adecuadas para acceder a este complemento y, además, el importe debe ser igual o superior que el que ya disfrutaban, debiendo optar por una de las dos prestaciones.

En estos tres casos y en los expedientes que tienen todos los requisitos, se reconocerá de oficio por el INSS, con efectos económicos de 1 de febrero de 2022. En caso contrario, es decir, si no se cumplen las condiciones para el reconocimiento de oficio, la tramitación de la ayuda a la infancia se debe solicitar de la misma forma que el IMV, a través del formulario online o del modelo de solicitud del IMV.

A su vez, para saber si se tiene derecho a este complemento –o al IMV-, si no se recibe el IMV –ni hay derecho a ello-, es posible utilizar el simulador habilitado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social. Tan solo hay que responder a unas sencillas preguntas.

Graduada en periodismo y apasionada del mundo de la comunicación. Empecé colaborando en medios deportivos y, más tarde, pasé a escribir sobre cultura en Hoy Magazine. También he tenido experiencia en televisión local y en Madridiario. Durante cerca de dos años, trabajé en El Adelantado de Segovia. Ahora, formo parte del equipo de Audiencias de HENNEO como redactora SEO y Social Media del diario económico La Información y otras cabeceras del grupo.

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