Economía y finanzas

Derechos del consumidor

¿Pueden cobrarte un suplemento extra en el ticket por consumir en la terraza?

Suplemento por terraza: ¿pueden cobrar un dinero extra en el ticket del bar?
CONTACTO vía Europa Press

Siempre se agradece poder disfrutar de la terraza de un bar cuando hace buen tiempo. El aperitivo al aire libre, sin embargo, puede sentarnos peor de lo esperado si nos cobran un suplemento. Más aún cuando ese cargo extra en el ticket viene sin aviso previo. Pero ¿puede un establecimiento cobrar un suplemento por realizar la consumición en la terraza?

La realidad es que los bares o restaurantes tienen la última palabra para fijar sus precios. No obstante, la clave está en que los clientes deben saber el importe desde el principio. La información que se da al cliente es importante porque genera sus derechos. De hecho, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) recomienda conservar las pruebas del establecimiento en caso de un problema. Por ejemplo, en el caso del coste adicional por estar en la terraza, el consumidor puede conservar, por ejemplo, una foto de la carta con los precios.

En concreto debe existir una lista de precios que tiene que ser completa, estar a la vista de los clientes y mostrar todos los precios finales y sus complementos. El último apunte sobre complementos es lo que afecta al consumo en la terraza.

Un suplemento fijo, no porcentaje

Los restaurantes sí podrán realizar un cargo adicional si se consume fuera, pero este cargo deberá especificarse y estar a la vista del consumidor. Pero, además, no puede ser un porcentaje sobre el precio, sino que se debe especificar la cuantía concreta. La OCU añade que “debe aparecer en la factura”.

Por tanto, si al recibir el ticket de la consumición en la terraza su factura es mayor de lo especificado en la lista de precios, podrá reclamarlo para que se corrija. En caso de que no se reconozca ese derecho, la OCU recuerda que los clientes tienen a su disposición Hojas de Reclamaciones para trasladar su queja, aunque esto no resarcirá el perjuicio causado. Una vez iniciado el procedimiento administrativo, puede conllevar la inspección del local y sus condiciones.

Un suplemento fijo, no porcentaje

El suplemento por terraza es uno más de los que puede incluir un establecimiento en la factura final, pero siempre que lo notifique con anterioridad al cliente. Es el caso del suplemento por pan o hielo, que siempre deben incluirse en la lista.

Sin embargo, existen algunos importes que no se pueden cargar en la cuenta final, aunque se especifiquen en la lista ofrecida a los clientes. Es el caso de los impuestos. En los precios finales se deberá incluir cualquier impuesto. Es decir, pese a que en carta anuncie, por ejemplo, IVA no incluido, no sería legal. “Los precios que se comuniquen en la carta o lista de precios ya deben llevar sumado el IVA”, especifican desde la OCU.

Lo mismo ocurre si se cobra aparte el servicio o cubierto o por la reserva. En este último caso, sí sería posible que se exija una fianza para cobrar por adelantado, pero ese importe se deberá descontar del importe total.

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