Economía y finanzas

Paro para las trabajadoras domésticas

Cuánto cobrarán de paro las empleadas del hogar en 2023: nuevas cuantías

Cuantía mínima y máxima de la prestación contributiva
Europa Press

Fue en 2022 cuando el Gobierno de España, a petición del Ministerio de Trabajo y Economía Social, liderado por Yolanda Díaz, aprobó el derecho a solicitar la prestación por desempleo para las empleadas del hogar tras ratificar en junio por unanimidad el convenio 189 de la petición de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que obliga a reconocer el paro a este colectivo, a menudo vulnerable, y formado por más de 600.000 mujeres. Pues bien, el Servicio Estatal Público de Empleo, garantiza que la cotización por desempleo es obligatoria para las trabajadoras a partir del 1 de octubre de 2022. 

Asimismo, las bases de cotización para desempleo serán las correspondientes a las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. A todo ello, hay que sumarle que cambian las condiciones a la hora de tener que extinguir la causa del contrato, esto es, a la hora de comunicar el despido, puesto que se elimina el despido por desistimiento. Lo cierto es que hasta el año pasado, los empleadores podían extinguir la relación laboral sin una causa que lo justificara. Por lo que conforme a los supuestos del artículo 49.1 del Estatuto de los Trabajadores, deberá ser notificado por escrito.

Es decir, si la empleada del hogar ha prestado sus servicios durante más de un año, el empleador debe cumplir un preaviso mínimo de 20 días. En el caso de que el contrato de trabajo sea inferior a doce meses, el preaviso se reduce a solo 7 días. Otro punto a tener en cuenta es que, como mínimo, ha de ajustarse al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que en la actualidad es de 1.000 euros al mes repartido en 14 pagas o de 1.166,67 euros en 12. En el caso de la retribución por horas, supone 7,29 euros por hora. Si se incluye vacaciones, asciende a 7,82 euros. 

Soy empleada del hogar, ¿cuándo tengo derecho a paro?

Al igual que cualquier otro trabajador, las empleadas del hogar tienen derecho al paro si cuando finalice su contrato ha cotizado a desempleo, al menos, 360 días. No obstante, en el caso de que el periodo sea inferior, también tendrán derecho a los subsidios por desempleo, como es el caso del subsidio de 480 euros al mes, si se cumplen con los previstos en ellos. Asimismo, se tendrán en cuenta las cotizaciones realizadas en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social por los que se cotiza a desempleo.

Cuánto cobran de paro las empleadas del hogar en 2023

La prestación por desempleo, o el paro, se revaloriza en un 8,5% para 2023, por lo que las personas en situación de desempleo harán efectivas estas nuevas cuantías a partir de este mismo mes de enero, tal y como se detalla en la página web del SEPE. De esta forma, la cuantía mínima será de 560 euros para personas sin hijos, y de 749 para personas con hijos a su cargo, y la máxima de 1.225 euros para personas sin hijos, de 1.400 euros para personas con un hijo y de 1.575 euros para personas con más de un hijo a su cargo. En el caso de que le corresponda un subsidio, la cuantía se cifra en 480 euros.

Cuantía mínima prestación contributiva

  • Sin hijos/as (80 % del IPREM): 560,00 euros.
  • 1 hijo/a o más (107 % del IPREM)749,00 euros.

Cuantía máxima prestación contributiva

  • Sin hijos/as (175 % del IPREM): 1.225,00 euros.
  • 1 hijo/a (200 % del IPREM): 1.400,00 euros.
  • 2 hijos/as o más (225 % del IPREM) 1.575,00 euros.

Cuánto deben cotizar las empleadas del hogar en 2023

Los empleadores deberán abonar a su base un porcentaje del 30,8% en concepto de cotizaciones el resultado. De este dato, 23,6 puntos son en concepto de cotización por contingencias comunes, 5 puntos por desempleo - que se aplican desde octubre de 2022-, 1,5 puntos son por contingencias profesionales, 0,2 puntos para el FOGASA y 0,5 puntos se añaden desde enero por el Mecanismo de Equidad Intergeneracional.

Por otra parte, las trabajadoras domésticas también deberán aumentar su aportación a la Seguridad Social, aunque en este caso solo lo harán en una décima. Por tanto, a su cuota de cotización se ha de aplicar un porcentaje del 5,85%: 4,7 puntos por cuota del trabajador, 1,05 puntos de cuota por la prestación por desempleo y 0,1 puntos por el MEI.

Responsable SEO y Desarrollo de Audiencias

Periodista desde hace casi diez años por la Universidad Carlos III de Madrid y ahora especialista en la creación de contenido digital. Tras pasar por la redacción de agencias y periódicos de tirada nacional, como El Economista, Mediaset España o Europa Press, me marché a Reino Unido para aprender Inglés. A la vuelta por tierras españolas, redescubrí mi amor por el posicionamiento SEO y las redes sociales.

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