Economía y finanzas

Hasta el 18 de enero 

Hacienda da aire a los afectados por la borrasca y amplía el pago de impuestos

Hacienda da aire a los afectados por la borrasca y amplía el pago de impuestos. 
Agencia EFE

La borrasca 'Filomena' ha traído la 'desgracia' a muchas empresas y autónomos. De ahí que Hacienda haya extendido hasta el próximo 18 de enero el plazo de domiciliación para la presentación de algunas declaraciones y autoliquidaciones tributarias para contribuyentes que se hayan visto afectados por los efectos del temporal. 

Según publica este jueves el Boletín Oficial del Estado (BOE), la ampliación afecta a algunos impuestos cuyos plazos generales de presentación telemática de autoliquidaciones con domiciliación de pago terminaba el 15 de enero "siempre que el contribuyente que efectúe la presentación se haya visto afectado por los efectos de la borrasca Filomena".

Entre esas declaraciones y autoliquidaciones están más de una treintena de modelos de determinadas declaraciones y pagos para empresas y autónomos. Hacienda añade que sí se mantiene el plazo de ingreso de las autoliquidaciones en el 20 de enero o el inmediato hábil posterior si el 20 fuese inhábil.

Las ayudas por los desperfectos materiales y personales de la nevada amenazan con convertirse en otro foco de controversia entre el Gobierno y la oposición, sobre todo en el caso de la Comunidad de Madrid. Fuentes del entorno de Moncloa se muestran convencidas de que, una vez que se terminen de solventar los problemas de movilidad y seguridad más perentorios, habrá que administrar algún tipo de partida presupuestaria para compensar a las personas y las empresas que se hayan visto perjudicadas, sobre todo en el caso del lucro cesante por no poder abrir sus negocios o no poder trabajar. 

Las ayudas por la pandemia 

El problema que se presenta para hacerlo y que los técnicos del Ministerio del Interior intentan solventar es el cálculo de esa compensación, dado que más allá de las puras indemnizaciones por posibles daños, las medidas fiscales que contempla la Ley del Sistema Nacional de Protección Civil del año 2015, sin tener que declarar la situación como una “emergencia de interés nacional”, son similares a las que ya operan para todos los comercios, pymes y autónomos para compensar los daños de la pandemia, y no se pueden ampliar mucho más.

La norma sobre Protección Civil, aprobada en 2015 por el Gobierno de Rajoy, establece en su artículo 23 que, sin llegar a la emergencia nacional, se pueden declarar zonas “gravemente afectadas por una emergencia de protección civil”, por acuerdo de Consejo de Ministros, a propuesta de los Ministros de Hacienda, Administraciones Públicas e Interior, por más que haya sido solicitado por las administraciones interesadas o que puedan elaborar un informe al respecto. La clave está en definir qué daños son compensables y en qué cuantía, a sabiendas de que previamente deben estar protegidos por un seguro.

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