Economía y finanzas

Un juzgado establece que una enfermedad agravada por el trabajo puede ser accidente laboral

Un juzgado establece que una enfermedad agravada por el trabajo puede ser accidente laboral
©[Good Life Studio de Getty Images] a través de Canva.com

Una enfermedad que no se contrae por el trabajo pero sí se agrava como consecuencia del desempeño del mismo se debe considerar un accidente laboral, según establece la sentencia de un juzgado. El fallo señala que se considerará como tal aunque la dolencia haya comenzado anteriormente a la prestación de servicios.

La decisión del juzgado de lo social nº 10 de Madrid se dio el pasado 22 de julio como respuesta a la demanda de un empelado en una empresa de lavado de coches contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), Fremap y la empresa Clinpify.

Las actividades diarias de su trabajo en el lavadero, que incluían el lavado y traslado de coches, provocó un fuerte deterioro en la salud del empelado, que padecía una dorsalgia diagnosticada antes de que se realizara su incorporación a la compañía.

No lo consideraron así ni el INSS ni la aseguradora ni la empresa, pero el juzgado entiende que "es accidente de trabajo la enfermedad o defecto padecido con anterioridad por el trabajador, que se agraven como consecuencia de la lesión constitutiva del accidente".

Hay jurisprudencia, explica la sentencia, que examinan “la concurrencia de una dolencia traumática ocurrida en el tiempo y lugar de trabajo con otra patología preexistente".

Lo que importa es que "los efectos incapacitantes se produzcan o pongan de manifiesto con ocasión o como consecuencia del trabajo que se venga desarrollando", como ocurre en el presente caso.

Existe por lo tanto una relación de causalidad entre la actividad y el proceso de incapacidad temporal, ya que el trabajador, durante su actividad laboral sufrió un dolor de espalda que le llevó a la asistencia sanitaria".

Y no es su responsabilidad acreditar el accidente de trabajo, cuando "la propia naturaleza de la actividad obligaría a no negar su propia existencia”, concluye el juez.

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