Economía y finanzas

El saldo vivo se mantiene en 11.608 millones

Las tarjetas 'revolving' aguantan el tipo en el 18% y las quejas crecen un 133%

Las tarjetas 'revolving' aguantan el tipo en el 18% y las quejas crecen un 133%
Foto por formulario PxHere

Las denominadas tarjetas 'revolving', uno de los productos de crédito más ofertados por las entidades financieras y, también, de los más complejos, se han convertido en una pesada carga para miles de hogares debido a los altos tipos de interés que contemplan y a su mala utilización, que puede llevar a los clientes a endeudarse para siempre. Este instrumento de crédito, al que por lo general se acogen perfiles de alto riesgo, sigue protagonizando las reclamaciones que tramita el Banco de España y, también, los tribunales. A diferencia de las tarjetas 'tradicionales', no se paga el importe utilizado a final de mes y la deuda pendiente es fraccionada en plazos para su devolución, bien a través de un porcentaje de la deuda existente o como una cuota fija. 

Las reclamaciones gestionadas por el organismo supervisor sumaron en 2021, último dato anual disponible, 4.360, la mayoría por problemas en los contratos, y ya suponen el 12% del total. El aumento supera el 133% con respecto a 2020, año en el que el que se gestionaron 1.864 denuncias y es muy superior a las 599 reclamaciones que se interpusieron sobre este asunto en el año 2020. Junto a esto, los datos del BdE también muestran que el saldo vivo de los créditos con pago aplazado y tarjetas 'revolving' -cantidad de capital pendiente de pago- se situó en 11.604 millones de euros en agosto. Esta cifra supone 1.000 millones más que la registrada en 2020 y 2021, pero todavía está lejos de los 13.620 millones de 2019.

Cómo funcionan los pagos con la 'revolving'

La complejidad, la falta en algunos casos de información y su utilización incontrolada o en momentos de grandes apuros económicos hacen que estos productos de crédito rápido y fácil acaben convirtiéndose para muchos clientes en una auténtica 'bomba de relojería' que, en no pocos casos, acaba estallando y les lleva a la insolvencia. Sus elevadas tasas de interés -18,16% en agosto según la estadística del Banco de España que solo recoge el tipo efectivo definición restringida (TEDR)- son la causa de las reclamaciones judiciales y cada año los tribunales tienen que decidir sobre miles de asuntos de este tipo. En más de nueve de cada diez ocasiones, según diferentes asociaciones de consumidores, los jueces dan la razón a los ciudadanos. Incluso algunos asuntos acaban en el Supremo, que ya se ha manifestado en 70 ocasiones, dejando claro que son usurarias si acumulan intereses desproporcionados y siempre que superen la media del mercado de este tipo de tarjetas.

El Supremo señala como referencia el "interés normal del dinero" para determinar si el interés remuneratorio de estos productos es usurario

Última sentencia del Supremo sobre las tarjetas 'revolving'

En su última sentencia sobre estas controvertidas tarjetas, que tiene fecha de 4 de octubre -ver resolución-, el Alto Tribunal daba la razón a la entidad bancaria frente al cliente, al que se le aplicó un tipo del 20,9% para una 'revolving'. La Sala de lo Civil aplicaba la jurisprudencia del Pleno fijada en una resolución de 2015 y otra de 2020, en las cuales se consideraba que la referencia del "interés normal del dinero" es la que se debe estimar para determinar si el interés remuneratorio es usurario. Destaca que la última sentencia, que aunque en la fecha de la concesión, 2001, no se publicaba todavía por el Banco de España el tipo medio de las operaciones 'revolving', "el tipo medio de productos similares -tarjetas recargables o de las de pago aplazado- era superior al 20,9%". 

"Si existen categorías más específicas dentro de otras más amplias (como sucede con la de tarjetas de crédito y 'revolving', dentro de la categoría más amplia de operaciones de crédito al consumo), deberá utilizarse esa categoría más específica, con la que la operación crediticia cuestionada presenta más coincidencias (duración, del crédito, importe, finalidad, medios a través de los cuáles el deudor puede disponer del crédito, garantías, facilidad de reclamación en caso de impago, etc.), pues esos rasgos comunes son determinantes del precio del crédito, esto es, de la Tasa Anual Equivalente (TAE) del interés remuneratorio", señala la Sala.

Advierten los jueces, que determinar exactamente el TAE de estos instrumentos, que debe señalar si existe la usura, no es fácil ya que el supervisor bancario solo publica desde 2010 la media, pero esta tasa no tiene en cuenta los gastos y comisiones, por lo que no sería correcto comparar la TEDR con la TAE que aparece en los contratos de crédito. Antes de esa fecha y sin estadística disponible, muchos magistrados utilizaban la TAE media de los contratos de crédito al consumo entre 1 y 5 años, que tampoco son equivalentes a las TAE de los contratos 'revolving', según apunta el tribunal.

Los tribunales pueden tener una nueva referencia, ya que entre 1999 y 2009 una tasa de referencia inferior al 22,9% no debería ser considerada usuraria

Cómo saber si el interés de una tarjeta es usurario

Alberto Traveria, el abogado que ganó el caso en el Supremo el pasado octubre y que representaba al fondo irlandés Estrella Receivable, que recompra deuda de los bancos, reconocía recientemente a Ep que los datos  sobre la TAE que se aplicaba a estos productos antes de 2010 pueden extraerse de revistas financieras y estudios de consumo y de ahí que el Supremo dictaminase en su nueva sentencia que entre 1999 y 2009, el tipo medio osciló entre el 23% y el 26%, por encima del que se fijó el de la tarjeta reclamada, por los que no se dio usura. A partir del fallo de TS, los tribunales pueden tener una nueva referencia, ya que entre 1999 y 2009 una tasa de referencia inferior al 22,9% no debería ser considerada usuraria. 

Redactor Jefe

Redactor jefe de La Información desde 2014. Llevo 33 años escribiendo sobre Economía y especializado en Pensiones, Sector Público, Funcionarios y Mercado Laboral. Licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid, comencé a trabajar como redactor en el diario Expansión, he sido redactor jefe en La Gaceta de los Negocios y ahora ocupo ese puesto en La Información, el diario económico del Grupo Henneo, al tiempo que publico todos los días sobre mis temas. He colaborado con Nueva Revista y recibí el II Premio Tecniberia por haber contribuido a la difusión de las actividades del sector de Ingeniería y Consultoría "mediante la publicación de forma veraz y rigurosa de las noticias y opiniones referidas al sector".

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