Economía y finanzas

¿Puedo darme de baja como cotitular de una cuenta?

Cajero automático
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Una duda frecuente entre quienes tienen una cuenta bancaria con otros titulares, es la de saber si es posible darse de baja como cotitular sin la necesidad de la aprobación del resto de titulares. En este sentido, conviene aclarar que es posible llevarlo a cabo, si bien el banco podría modificar la cuenta original o bien proceder a la apertura de una nueva cuenta.

En el caso de que se decida abandonar la cotitularidad de una cuenta bancaria, lo primero que hay que hacer es dirigirse a la entidad en cuestión y solicitar la baja de la condición de titular de la cuenta de forma escrita. En ese momento, el banco tendrá que comunicar el cambio al resto de titulares de la misma.

La solicitud debe ser atendidas sin la necesidad de que exista un consentimiento del resto de cotitulares, siempre y cuando no exista una causa justificada, como puede ser que haya un saldo deudor en la cuenta o de contratos vinculados en los que la titularidad corresponda a la persona en cuestión que está solicitando la baja.

Por lo tanto, la renuncia de uno de los titulares es un acto unilateral que no requiere del consentimiento del resto de cotitulares ni de la propia entidad (a excepción de que se haya determinado un plazo en el contrato). Por este motivo, salvo en casos específicos, si no hay deudas ni otros asuntos que lo impidan, será posible darse de baja como cotitular de una cuenta.

Una vez procesado, el cotitular de la cuenta dejará de serlo una vez que la entidad bancaria haya ejecutado los trámites pertinentes, lo que hace que también cambie la situación del resto de cotitulares. Estas personas, una vez vean certificada la baja de quien ha decidido abandonar la cuenta conjunta, puede decidir si mantiene todo igual o si, por el contrario, decide hacer cambios en la cuenta bancaria o cerrarla para abrir una nueva con el resto de cotitulares, si los hubiese.

Las responsabilidades de un cotitular de una cuenta bancaria

Las responsabilidades y capacidades de cada uno de los titulares de una entidad bancaria están fijadas en función del tipo de disposición que se tenga de la cuenta. De esta forma, en las cuentas solidarias, cualquiera de los cotitulares puede utilizar el dinero que se encuentra en la cuenta. Sin embargo, no sucede lo mismo si deja la cuenta en descubierto, casos en los que el Banco de España, a través de su Departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones, explica que primero habrá que tener presente la existencia o no de una previsión contractual en el contrato de cuenta.

Asimismo, puede haber otros conflictos que pueden llegar a generarse en una cuenta con varios titulares es el bloqueo de la cuenta, que tiene lugar en aquellas ocasiones en las que la entidad bancaria recibe instrucciones que son contradictorias entre los diferentes titulares de una cuenta bancaria.

En este tipo de situaciones, el Banco de España es claro, e indica que la entidad deberá adoptar una postura neutral, en la que no se favorezca a ninguno de los titulares, optando por un bloqueo que sería considerado acorde a las buenas prácticas bancarias. Sin embargo, antes de poder llevarlo a cabo, el banco tendrá que avisar de forma previa de la decisión adoptada a todos los titulares, manteniendo dicho bloqueo hasta que se produzca un acuerdo entre los mismos o bien, esperar a que haya una decisión judicial que pueda desbloquear la situación.

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