Economía y finanzas

Compra de vivienda

Todo lo que debes saber sobre los contratos de arras

Contrato de arras
Freepik

El contrato de arras es un documento a través del cual el vendedor de un inmueble y el comprador interesado en adquirir el mismo firman un acuerdo de compraventa previo a la firma del contrato final. Se trata de un anticipo, una reserva de la vivienda a ese comprador y un primer paso para poder llevar a cabo esta operación, que implica la entrega de una determinada cantidad de dinero como prueba del compromiso adquirido por ambas partes.

Con este contrato de arras las dos partes están comprometidas, de forma que el vendedor está obligado a reservar la vivienda durante un periodo de tiempo estipulado y se compromete a su entrega en perfectas condiciones, mientras que el interesado en la compra debe pagar una cantidad de dinero en forma de señal, en lo que se conoce como arras.

En este documento se recogen todas las condiciones y consecuencias del posterior contrato de compraventa, por lo que deberá figurar toda la información que será incluida en las escrituras. Por tanto, aparecerán los datos personales de vendedor y comprador, la identificación y descripción de la propiedad, el precio final y la forma de pago, las arras entregadas, el plazo de tiempo establecido para formalizar y firmar el contrato de compraventa, etcétera, además de la obligación de firmar el contrato en escritura pública, determinar el pago de los gastos de la operación por cada parte, y la firma de comprador y vendedor.

Su funcionamiento es muy sencillo, puesto que, una vez creado este documento, el comprador desembolsa una cantidad en concepto de señal para reservar el inmueble y así comprometerse a su adquisición, mientras que el vendedor reserva la vivienda, debiendo entregar la vivienda en perfectas condiciones tras la firma del contrato final, y deben cumplirse las condiciones acordadas en el documento, sin cabida para modificaciones.

Tipos de arras

A la hora de firmar un contrato de arras hay que tener en cuenta que existen tres tipos distintos de arras, que se diferencian los unos de los otros según la penalización que recibirá quien incumpla el acuerdo.

Las arras confirmatorias son aquellas con las que se da por definitiva la operación de compraventa, siendo un pago cuya cuantía se descontará del precio final, por lo que se puede considerar un anticipo de la operación. Si se produce un incumplimiento por alguna de las partes, la otra puede exigir el cumplimiento del contrato y, por tanto, proceder a la compraventa de la vivienda, además de poder exigir una indemnización por daños y perjuicios.

Por otro lado, están las arras penitenciales, que son las más comunes, por las cuales el comprador entrega una señal al vendedor para formalizar la reserva del inmueble, un contrato que permite el desistimiento por ambas partes, y en las que el propio dinero entregado funciona como indemnización en caso de incumplimiento. Si incumple el comprador, perderá la señal aportada, y si lo hace el vendedor, tendrá que devolver al comprador las arras y compensarle con la misma cantidad como indemnización.

En tercer lugar, están las arras penales, que son establecidas a modo de indemnización por si cualquiera de las partes rompe el contrato. Además de las correspondientes penalizaciones, se puede exigir el cumplimiento del acuerdo. Si el comprador se echa para atrás, el vendedor podrá recibir una indemnización y, además, podría obligar a continuar con la operación de compraventa, y lo mismo sucederá en el caso de que sea el vendedor el que se eche para atrás.

loading...