Economía

El juez Andreu archiva la investigación del caso de las preferentes de Caja Madrid y Bancaja

Antigua sede de Caja Madrid en Barcelona.
ARCHIVO

Fernando Andreu, magistrado de la Audiencia Nacional, ha ordenado archivar la investigación dedicada al diseño y la comercialización de las preferentes de Caja Madrid. El juez considera que no ha quedado acreditado que la entidad financiera emitiera este producto financiero con el fin de engañar a los inversores.

En el auto, conocido este viernes, el titular del juzgado central de Instrucción número 4 toma la misma postura que la Fiscalía Anticorrupción, que en su último informe reflejaba que la posbilidad "ni siquiera era fácilmente predecible en 2009". A su vez, ha rechazado que los comerciales "recibieran instrucciones para comercializar el producto entre los inversores más inadecuados".

Para el Ministerio Público, "resulta difícilmente sostenible la existencia de un plan preconcebido orquestado" tanto por Caja Madrid como por Bancaja, principales entidades que luego dieron lugar a Bankia, con el fin de engañar a los clientes potenciales.

Investigación a Caja Madrid

En 2013 dio comienzo la investigación por presunta estafa apropiación indebida, publicidad engañosa y administración desleal dirigida contra los antiguos máximos responsables de Caja Madrid. En esa lista ya no figura su antiguo presidente entre 1996 y 2010, Miguel Blesa, al quedar sin responsabilidad tras su fallecimiento el pasado mes de julio.

La pesquisa buscaba revelar "si para paliar, retrasar u ocultar de alguna manera" el deterioro patrimonial de Bankia, ambas cajas "usaron la emisión de deuda subordinada y/o participaciones preferentes como una manera de captar activos y disfrazar la situación de insolvencia".

La decisión, adelantada por El Independiente, llega dos años después de que el juez Andreu abriera esta parte del caso y solicitara la Banco de España las agendas de las reuniones mantenidas con los directivos de la entidad entre 2009 y 2010. Con ello, buscaba conocer datos que tuvieran un "impacto real o potencial relevante en la solvencia, liquidez o rentabilidad" de la caja.

Según el Ministerio Público, la comercialización de este producto como forma de financiación entre clientes minoristas "ni fue una decisión aislada de la caja ni desconocida por las autoridades reguladoras y supervisoras que, antes al contrario, la autorizaron expresamente".  Por ello, prosigue, "no puede afirmarse que la emisión fuera en sí misma delictiva ni siquiera que revistiera alguna irregularidad significativa".

En cuanto a las "debilidades" de las que alertaba la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) en 2013, la Fiscalía señala que afectaban al diseño y la redacción de los test de conveniencia y de idoneidad, y que Caja Madrid "atendió puntualmente todas las recomendaciones" del organismo.

Así mismo, descarta cualquier tipo de responsabilidad penal por la comercialización de las participaciones emitidas por Caja Madrid y Bancaja en los años anteriores en tanto que "más allá de que pudieran estar prescritas", es "insostenible plantear en aquellas fechas una remota situación de deterioro patrimonial que solo afloraría un año después".

Posibilidad de recurso

En el caso concreto de la emisión de Caja Madrid de 2004, los preferentistas "obtuvieron sin problemas la ganancia prevista", lo que provocó que muchos de ellos reinvirtieran en 2009. Circunstancia por la que "se hubo de ampliar el importe de los 1.500 millones de euros previstos (...) hasta los 3.000 millones de euros en que se fijó finalmente".

La Fiscalía asegura que aunque "ha sido siempre consciente de la importancia del problema", una supuesta estafa supondría admitir que los responsables conocían ya en aquel momento que la caja "iba a situarse en una situación de insolvencia que despojaría de su inversión" a los clientes, algo que "no se ha acreditado".

De este modo, insta a los afectados a defender sus intereses en un procedimiento al margen, especialmente por la vía civil, "reservando la penal para aquellos casos individuales en los que se ha detectado indicios de delito de estafa por parte del empleado del banco" o por supuesto "abuso de la incapacidad" del inversor

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