¿A pagar o a devolver? Qué debes hacer en cada caso en la Renta 2020-2021

La Agencia Tributaria prevé devolver 10.686 millones de euros a 14,6 millones de contribuyentes en la campaña de la renta de 2019 que comienza este miércoles, marcada por el confinamiento por la epidemia de coronavirus.
La campaña de la Renta comienza el próximo 7 de abril.
La Agencia Tributaria prevé devolver 10.686 millones de euros a 14,6 millones de contribuyentes en la campaña de la renta de 2019 que comienza este miércoles, marcada por el confinamiento por la epidemia de coronavirus.

La campaña de la Renta correspondiente al ejercicio económico de 2020 está a punto de comenzar y una de las incertidumbres entre los contribuyentes es si les saldrá a pagar a Hacienda o, si por el contrario, será la agencia quien tenga que devolver el dinero.

En cualquier caso, resulta conveniente conocer los procedimientos y detalles para saber cómo actuar en cada caso. El borrador de la Renta podrá comenzar a solicitarse a partir del próximo miércoles 7 de abril de forma telemática, mientras que por vía telefónica arrancará el 6 de mayo y a partir del 2 de junio de forma presencial. Sin embargo, la Agencia Tributaria ya ha puesto a disposición de los contribuyentes un simulador para calcular si tienen que pagar o devolver dinero en la próxima declaración.

¿Qué hacer si sale a pagar?

Si el resultado al presentar de forma oficial la declaración es positivo significa que tendrás que abonar dicho importe a Hacienda, aunque existe la opción de hacerlo de forma fraccionada en dos pagos. El primero será del 60% del importe total en el momento de presentar la declaración, mientras que el 40% restante deberá abonarse a final del año en curso.

En ningún caso, recuerda la Agencia Tributaria, "pueden fraccionarse autoliquidaciones complementarias". Por otro lado, el pago en una única vez podrá realizarse "en efectivo, mediante adeudo o cargo en cuenta o mediante domiciliación bancaria" en cualquier entidad colaboradora autorizada.

¿Y si sale a devolver?

Si el resultado es negativo significa que tienes una devolución fiscal y Hacienda te reingresará esa cantidad. No obstante, esta operación no se realiza de forma automática, ya que Hacienda tiene que evaluar y comprobar que todo se ha realizado de forma correcta. 

Generalmente, esta devolución se recibe en el plazo aproximado de un mes, pero Hacienda tiene un periodo permitido de seis meses, por lo que antes de acabar el año debes haber recibido el ingreso. Entonces, ¿de qué depende? La cantidad a abonar fija la velocidad para el reingreso porque si se superan los 3.000 euros los plazos se alargan. 

De esta manera, "el contribuyente deberá solicitarla expresamente por medio del 'Documento de Ingreso o Devolución' (modelo 100) que acompaña a los impresos de la declaración propiamente dicha", aclara la Agencia Tributaria. 

En el caso de que se pase el plazo de seis meses sin que haya sido ordenado el pago de la devolución, "se aplicará a la cantidad pendiente de devolución el interés de demora tributario desde el día siguiente al de la finalización de dicho plazo y hasta la fecha en que se ordene su pago, sin necesidad de que el contribuyente lo reclame".

20minutos

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