Ayudas directas a empresas 2021: el BOE publica el nuevo marco para autónomos y PYMES

Real Decreto-ley 6/2021, de 20 de abril, publicado en el BOE.
Real Decreto-ley 6/2021, de 20 de abril, publicado en el BOE.
BOE
Real Decreto-ley 6/2021, de 20 de abril, publicado en el BOE.

Este mismo jueves se ha publicado en el BOE el nuevo marco para las ayudas directas a empresas, con el que se va a conceder una mayor facilidad de acceso a estas, además de permitir a las comunidades autónomas ampliar el número de sectores beneficiados por ellas.

Gracias a este nuevo Real Decreto-ley 6/2021, de 20 de abril, todas las empresas que hayan sufrido pérdidas del 30% en el año 2020, respecto a 2019, podrán acceder a las ayudas, que serán equivalentes al 40% de la caída de ingresos por encima del citado 30% para autónomos o pymes. 

Concretamente, tal y como establece el documento, las ayudas no podrán superar los siguientes límites máximos:

  1. 3.000 euros cuando se trate de empresarios o profesionales que apliquen el régimen de estimación objetiva en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  2. Para aquellos empresarios y profesionales cuyo volumen de operaciones anual haya caído más del 30% en el año 2020 respecto al año 2019:
  • La ayuda máxima será del 40% de la caída del volumen de operaciones que supere dicho 30%, en el caso de empresas que tengan como máximo 10 empleados. 
  • Será del 20% del importe de la caída del volumen de operaciones que supere dicho 30%, en el caso de empresas que tengan más de diez empleados.
  • La ayuda no podrá ser inferior a 4.000 euros ni superior a 200.000 euros.

El total del dinero destino a las ayudas es de 7.000 millones de euros y, aunque en un principio estaba destinado a 93 áreas de actividad, ahora las comunidades autónomas pueden ampliar las categorías de actividad: "Las Comunidades Autónomas podrán otorgar ayudas [...] a empresarios que se clasifiquen en códigos de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 09) no incluidos en el anexo I que se hayan visto particularmente afectados en el ámbito de su territorio, debidamente justificadas en sus convocatorias".

Además, se establece también que las empresas "cuyo volumen de operaciones en 2020 haya sido superior a 10 millones de euros que desarrollen su actividad económica en más de un territorio autonómico o en más de una Ciudad Autónoma, podrán participar en las convocatorias que se realicen en todos los territorios en los que operen".

En el siguiente documento se puede el Real Decreto-ley publicado en BOE. 

20minutos

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