Economía

Cómo incluir el incremento de la deducción por maternidad por gastos de guardería en la Declaración de la Renta 2020-2021

Tienen derecho a la deducción las mujeres con hijos menores de tres años.
ana varela

El miércoles 7 de abril de 2021 arranca la campaña de la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio de 2020 y a partir de este día se podrá solicitar el borrador de forma telemática. Los trámites para presentar la declaración vía telefónica comenzarán el 6 de mayo y a partir del 2 de junio se podrá realizar de forma presencial en alguna de las oficinas de la Agencia Tributaria. 

En este sentido, una de las dudas generalizadas entre los contribuyentes es qué tipo de deducciones pueden aplicar por maternidad. ¿Qué gastos se pueden desgravar? ¿A cuánto ascienden las cuantías? En primer lugar, como detalla la Agencia Tributaria, tienen derecho a esta deducción "las mujeres con hijos menores de tres años que realicen una actividad por cuenta ajena o propia por la que estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad".

¿A cuánto asciende la cuantía de esta deducción?

Así, el beneficio fiscal puede ser de hasta 1.200 euros anuales por cada hijo o hija menor de tres años o en los supuestos de adopción o acogimiento. En estos dos últimos casos, la deducción "se podrá practicar, con independencia de la edad del menor, durante los tres años siguientes a la fecha de inscripción en el Registro Civil o durante los tres años posteriores a la fecha de la resolución judicial o administrativa que la declare", aclara la Agencia Tributaria.

¿Y es posible satisfacer los gastos en guarderías o centros de educación infantil? Las mujeres con hijos menores de tres años que tengan derecho a la aplicación del mínimo por descendientes y que realicen una actividad por cuenta propia o ajena dadas de alta en la Seguridad Social o mutualidad "podrán minorar la cuota diferencial de su IRPF hasta en 1.000 euros anuales por cada hijo/a menor de tres años" para deducir estos gastos.

¿Y cómo se puede añadir en la declaración este concepto? A través del portal Renta WEB se puede incorporar toda la información relativa a los gastos en guarderías o centros infantiles para las personas que sean beneficiarias de la deducción por maternidad. Como informa la Agencia Tributaria, estos serían los pasos a seguir:

  • Confirmar los datos personales de la persona que realiza la declaración, del cónyuge si fuera el caso y de hijos e hijas por los que solicita la deducción.
  • Los datos aparecerán en el resumen de resultados, concretamente en el apartado 'cuota diferencial'. 
  • Se puede editar este dato seleccionando la casilla 613. 
  • En el cuadro específico de esta casilla, se deberá incorporar el importe por los gastos de guarderías o centros infantiles, así como los meses de matriculación durante 2020.

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