Economía

Cómo será el nuevo paro para los autónomos en 2023 tras la reforma del sistema de cotizaciones

Un autónomo cierra la persiana de su negocio en una imagen de archivo.
RICARDO RUBIO / EP

El 27 de julio se publicaba en el Boletín Oficial del Estado (BOE) Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, por el que se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia basado en los rendimientos netos. 

Esto quiere decir que, a partir del próximo año, la cuota mensual que abonan los trabajadores autónomos al darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) se calculará en función de sus ingresos. El nuevo sistema de cotizaciones también llega con más novedades de cara a 2023, ya que se facilitará el acceso al cese de actividad para autónomos, esto es, al paro.

Así funcionará el nuevo cese parcial de la actividad

La reforma establece un sistema de 15 tramos para las bases de cotización y cuotas en función de los rendimientos netos de los trabajadores autónomos que se desplegará progresivamente. En cuanto al paro, se amplían las modalidades para el cese y mejorar así la cobertura de contingencias y se instaura el cese de actividad parcial, como detalla la Seguridad Social.

Con esta nueva modalidad del cese parcial, el trabajador autónomo podrá cobrar una prestación del 50% de la base reguladora y podrá ser compatible con su actividad económica, por lo que no tendrá que darse de baja en el régimen de autónomos ni cerrar su negocio o actividad. Esta prestación se podrá obtener por un tiempo de cuatro meses a dos años, aunque será necesario cumplir con una serie de requisitos.

Como detallaban desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, podrán acceder a esta nueva modalidad de cese los trabajadores por cuenta propia con plantilla que suspendan o minimicen la jornada al 60% de dicha plantilla. También tendrán que justificar una caída de los ingresos durante dos trimestres del 75% y los ingresos no pueden ser superiores al salario mínimo interprofesional (SMI).

Por su parte, los autónomos que no tengan trabajadores en su empresa podrán acceder a esta modalidad si tienen deudas con acreedores no públicos durante dos trimestres que supongan una caída del 75% de ingresos o ventas.

Asimismo, se establece el cese parcial por fuerza mayor cuando exista una declaración de emergencia, cuando los trabajadores por cuenta propia pierdan el 75% de sus ingresos o ventas y la renta no supere el SMI.

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