Economía

Cuál es la comisión que te pueden cobrar por subrogar la hipoteca

La subrogación de la hipoteca es alternativa para mejorar las condiciones del contrato del préstamo, aunque hay que tener en cuenta una serie de factores para ver si es conveniente y para hacer frente a los gastos. La subrogación consiste en cambiar nuestra hipoteca a otro banco e incluso modificar las condiciones pero, ¿te pueden cobrar comisiones?

Existen una serie de gastos que siempre se generan en una subrogación: los de notaria, gestoría, registro y tasación. Sin embargo, según la Ley Hipotecaria actual, la entidad bancaria es la encargada de afrontar estos costes. Entonces, ¿qué debe abonar el cliente?

¿Cuáles son los gastos de una subrogación?

En primer lugar, como detallan los especialistas del comparador HelpMyCash, el banco debe encargarse por ley de los siguientes gastos:

  • Los aranceles de la notaría. Suelen oscilar entre el 0,2% y el 0,5% del capital pendiente de amortización.
  • Los aranceles del registro, que normalmente es un gasto aproximado de 100 euros.
  • Los honorarios de la gestoría, que suelen ser de 200 a 500 euros.

Por su parte, el cliente debe hacer frente al coste de la tasación del inmueble, que oscila entre los 200 y 400 euros, y abonar la comisión por subrogación. Este último gasto "dependerá del contrato de financiación que tengamos con el banco actual, podemos incluirla entre los gastos que se generan al cambiar la hipoteca de entidad", añaden en HelpMyCash. 

¿A cuánto asciende la comisión?

Al cambiar la hipoteca de banco es posible que la entidad que dejamos nos cobre una comisión "cuyo coste está regulado y puede ser de entre el 0% y el 2% sobre el importe pendiente", aunque dependerá del momento de la firma del préstamo y de si es una hipoteca a tipo hijo o variable.

En este sentido, las comisiones quedarían de la siguiente manera en función de cuándo se firmó el contrato hipotecario:

  • Desde el 16 de junio de 2019: hasta un 2% durante los 10 primeros años del contrato y del 1,5% los siguientes en el caso de una hipoteca fija. Si es variable, la comisión será del 0,25% los tres primeros años y después no se cobrará.
  • Desde diciembre 2007 a junio de 2019: las comisiones por subrogación no pueden ser superiores al 0,5% del capital pendiente o del 0,25% a partir del sexto año.
  • Entre el 27 de abril de 2003 y diciembre de 2007; la comisión máxima que se nos podrá aplicar es del 0,5%.
  • Antes del 27 de abril del 2003: la comisión máxima es del 1%.

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