Economía

Cuál es la cuantía que te queda al cobrar al mismo tiempo la pensión de jubilación y viudedad

La Ley General de la Seguridad Social determina en el artículo 163 del Real Decreto Legislativo 8/2015, que "las pensiones de este Régimen General serán incompatibles entre sí cuando coincidan en un mismo beneficiario, a no ser que expresamente se disponga lo contrario, legal o reglamentariamente". De esta manera, cobrar dos pensiones contributivas al mismo tiempo resultará incompatible, salvo que la persona beneficiaria haya cotizado en dos regímenes diferentes de la Seguridad Social, como el general y el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Asimismo, será posible compatibilizar la pensión contributiva de jubilación con la pensión de viudedad, ya que esta última es "compatible con cualquier renta de trabajo y con la pensión de jubilación o incapacidad permanente a la que tuviera derecho", explica la Seguridad Social.

No obstante, la pensión de viudedad, cuando el causante no se encontrase en alta o en situación asimilada al alta en la fecha del fallecimiento, "será incompatible con el reconocimiento de otra pensión de viudedad en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social, salvo que las cotizaciones acreditadas en cada uno de los regímenes se superpongan, al menos, durante 15 años", añade el organismo público. En cualquier caso, si una persona desea acceder a la pensión de jubilación y a otra de viudedad al mismo tiempo, deberá cumplir con los requisitos específicos de cada una de las prestaciones.

Cómo calcular las cuantías de cada prestación

Respecto a la cuantía, el cómputo total de recibir ambas pensiones no podrá superar la cuantía máxima de 3.058,81 euros mensuales para 2023. Con carácter general, la cuantía de la pensión de viudedad se calculará sobre la base del 52% de la base reguladora de la persona fallecida, recoge la Seguridad Social. Este porcentaje se incrementará al 70% de la base reguladora correspondiente si se cumplen estos requisitos: el pensionista debe tener cargas familiares, la pensión de viudedad debe constituir la principal o única fuente de ingresos y los rendimientos anuales del pensionista no superen el límite establecido en cada ejercicio económico. 

Por otro lado, desde 2019, los beneficiarios de más de 65 años de edad pueden acceder al 60% de la base reguladora, siempre que no tenga derecho a una pensión pública y no reciba ingresos por la realización de trabajo por cuenta ajena o propia, y siempre que no reciba otros rendimientos económicos cuya cuantía supere los límites establecidos para acceder a la pensión mínima de viudedad, explican los expertos del portal Jubilación de Futuro de BBVA

Por su parte, la cuantía de la pensión de jubilación se calcula en función de la base reguladora, teniendo en cuenta los últimos 25 años de cotización previos al fin de la actividad laboral o del hecho causante. Por tanto, la suma de las cotizaciones se divide entre 350 para calcular el importe de la base reguladora. 

Así, el porcentaje es variable según los años de cotización, "aplicándose una escala que comienza con el 50% a los 15 años, aumentando a partir del decimosexto año un 0,19% por cada mes adicional de cotización, entre los meses 1 y 248, y un 0,18% los que rebasen el mes 248, sin que el porcentaje aplicable a la base reguladora supere el 100%", indica la Seguridad Social.

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