Deducciones en la Renta 2018-2019 por maternidad y paternidad
Existen multitud de situaciones que pueden afectar a la hora de hacer la Declaración de la Renta, un proceso cuya fecha límite concluye el 1 de julio. Haber sido madre durante el año 2018 es uno de ellos. De hecho, existen una serie de condicionantes que pueden ayudarte a deducir determinadas cantidades a la hora de presentar tu declaración.
Según la Agencia Tributaria, el artículo 81 de la ley del IRPF regula la deducción por maternidad que minora la cuota diferencial del IRPF y que podrán aplicar las siguientes personas.
Por un lado, las mujeres con hijos menores de tres años en las que se den las siguientes circunstancias:
- Que tengan derecho a la aplicación del mínimo por descendientes por los hijos a los que se refiere dicha deducción.
- Que realicen una actividad por cuenta propia o ajena.
- Que estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la seguridad social.
Además, podrán deducirse por maternidad en caso de fallecimiento de la madre o cuando la guarda y custodia se atribuya de forma exclusiva al padre o, en su caso, a un tutor, siempre que cumplan los requisitos citados anteriormente.
Se suma a esta deducción para las madres trabajadoras con hijos menores de tres años, la ayuda para mujeres que trabajaron en 2018 y que además tenían un hijo o más de entre cero y tres años en la guardería o en centros de educación infantil. Se podrá recibir por esta asistencia hasta 1.000 euros por cada hijo.
En el hipotético caso de que existan varios contribuyentes con derecho a la deducción por maternidad del mismo tutelado, el importe deberá ser repartido en partes iguales entre todos ellos.