Economía

Renta 2022-2023: cómo obtener el certificado de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF

Confeccionar el borrador de la declaración
Brad Neathery / Unsplash

A partir del próximo 11 de abril de 2023, los contribuyentes podrán empezar a confeccionar el borrador de la declaración de la Renta y Patrimonio para presentarlo ante la Agencia Tributaria de manera telemática. Por ello, a falta de poco más de un mes, es un buen momento para ir compilando toda la documentación necesaria para la tramitación, sobre todo de cara a las posibles deducciones estatales y/o autonómicas. 

Uno de los documentos más importantes es el certificado de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF, ya que acredita todas las retenciones que nos han aplicado a lo largo del ejercicio económico de 2022. Por tanto, este informe incluye el importe que se ha abonado a Hacienda a través de las retenciones que nos aplican mes a mes en nuestra nómina, si el trabajo es por cuenta ajena, o en las facturas, en el caso de ser autónomos.

Estas son las vías para obtener el certificado

En primer lugar, será la empresa la encargada de entregar a los trabajadores y trabajadoras este certificado como justificante ante la Agencia Tributaria por los servicios prestados, ya que es su obligación, tal y como recoge el artículo 108.3 de la Ley del IRPF de Hacienda. No obstante, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) pone a disposición de los contribuyentes la obtención de este certificado, tanto de manera 'online' como telefónica.

Para solicitarlo de manera telemática, el primer paso será dirigirse a la sede electrónica y entrar en el apartado de 'Personas'. Después, hay que seleccionar la opción 'Procedimientos y Servicios' y, una vez dentro, la de 'Obtener un certificado sobre su prestación'. Para poder tramitarlo en la sede electrónica será necesario tener certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña cl@ve, o bien, cl@ve PIN.

Por otro lado, es posible obtener el certificado a través del teléfono de atención a la ciudadanía (060) y, excepcionalmente, se puede acudir a la oficina de prestaciones más próxima a su residencia, siempre mediante cita previa. 

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