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Nueva sentencia

El Supremo obliga a las telecos a pagar la 'tasa RTVE' por canales de TV propios y de terceros

RTVE, en su sede de Prado del Rey.
RTVE

Intento fallido de reducir la factura fiscal de la llamada 'tasa RTVE' para las operadoras de telecomunicaciones en el mercado español. El Tribunal Supremo ha concluido en una sentencia fechada a mediados de mayo que las compañías de este sector, que ofrecen servicios de televisión de pago en sus productos de conectividad, deberán pagar ese 1,5% por los ingresos generados no sólo en los canales propios sino también en los de terceros en los que no tienen ninguna responsabilidad editorial. Movistar+, Vodafone TV u Orange TV ofrecen paquetes completos con un coste unitario, en el que se incluyen ambas modalidades.

Esa es la jurisprudencia que sientan los magistrados después de varios recursos interpuestos por Telefónica y Vodafone después de uno de los muchos 'portazos' recibidos de parte de la Audiencia Nacional que respaldaba claramente la posición de Hacienda respecto a la 'tasa RTVE'. La operadora había presentado un recurso de casación ante el Tribunal Supremo pues entendía que no había quedado resuelta una cuestión relevante: si en la base imponible hay que incluir los ingresos generados en canales "cuya responsabilidad editorial corresponde a terceros". No es algo baladí para unas operadoras que fundamentalmente son 'paraguas' bajo los cuales se emiten muchos productos de terceros.

Para los magistrados, la responsabilidad editorial "resulta indiferente"  desde la perspectiva del "desequilibrio" que, en palabras de los magistrados de la Sala de lo Contencioso, se genera entre los diferentes operadores y que pretende ser compensado con esta aportación económica de los operadores de televisión privada -1,5% sobre todo los ingresos-. En este sentido, insiste en que este desembolso se sitúa en el plano de la financiación -las operadoras reciben un precio por la oferta de televisión de pago con independencia de que tenga o no responsabilidad editorial de los contenidos que emite-. "Debe disociarse de finalidades y contextos diferentes en los que la responsabilidad editorial, en cuanto al control de tales contenidos, puede adquirir relevancia", apunta.

Los magistrados insisten en que computando únicamente los ingresos de las actividades sobre las que los operadores tengan responsabilidad editorial, quedaría sin compensar la totalidad de lo que, en términos económicos, supone la renuncia de RTVE a ofrecer esos mismos contenidos de los que ella tampoco tendría responsabilidad editorial. Además recuerdan que en la ley no existe distinción entre ambos tipos de contenidos emitidos por las operadoras.

Ante algunos argumentos de Vodafone que indicaban una potencial ayuda de Estado con la normativa europea en la mano, el Supremo insiste en que no es posible y rechaza la cuestión prejudicial ante el TJUE. Por otra parte, la teleco apuntó en su recurso de nuevo al Tribunal Constitucional. Y el Supremo volvió a esgrimir sus argumentos para tumbar los intentos de las operadoras de declarar la inconstitucionalidad de esta 'tasa RTVE'. Insiste en que no se vulnera el principio de igualdad o la liberta de empresa. 

Vodafone entendía que había varias infracciones con esta ley y la 'tasa RTVE', no sólo de preceptos del Derecho de la UE sino también de la Constitución Española. En la primera señala -algo que no ha sido acogido por los magistrados pues sí hay decisiones vinculadas a los paquetes de contenidos, los precios, su distribución...- que carece de responsabilidad editorial respecto de los canales de terceros que meramente difunde. Afirma que si no concurre "responsabilidad editorial" en un determinado sujeto no se encontraría, por definición legal, ante un servicio de "comunicación audiovisual" y, por tanto, no implicaría el pago de ese 1,5%. No hay una estimación de cuánto dinero conlleva este desembolso y la inclusión en toda la base imponible los ingresos totales por los paquetes de televisión, tanto los canales propios como los ajenos.

Telefónica también estaba pendiente de la jurisprudencia del Supremo. De hecho, la Sala de lo Contencioso admitió a trámite otros recursos presentados por la dueña de Movistar+ en el año 2023. El grupo presidido por Emilio Gayo en España aún no ha recibido sentencia firme por parte del Alto Tribunal que, previsiblemente, llegará en los próximos meses con la misma jurisprudencia sentada en esta primera.

Los cambios en la ley

La situación normativa de la llamada 'Tasa RTVE' ha cambiado de manera significativa tras la última reforma de la ley audiovisual española. Las operadoras de telecomunicaciones pagaban por dos conceptos: primero un 0,9% de todos sus ingresos brutos en el país como contribución 'especial' y un 1,5% de los ingresos vinculados a sus servicios audiovisuales. La primera ha sido ampliamente batallada en los tribunales pero no se ha conseguido tumbar. En esos cambios normativos se excluyó para compensarlo a través de los pagos que los grupos ya hacen con la llamada tasa por la explotación del espectro radioeléctrico.

En ese otro 1,5% no sólo están ellos -los grupos de televisión comercial en abierto pagan un 3%- sino también las plataformas de vídeo bajo demanda, que hasta esta reforma estaban exentas del pago. Finalmente se optó por incluir a Netflix, HBO o Amazon dentro de este grupo. Por ahora se desconoce cuánto se ha recaudado por este capítulo en el primer ejercicio fiscal completo, que fue el de 2023. De todas ellas, la única que factura de manera directa desde el país es Netflix, mientras que el resto lo hace desde una sucursal de la matriz luxemburguesa, desde Países Bajos o desde Suecia. En teoría, estas últimas deben pagar por lo cobrado a los clientes españoles, haya sido con la filial local o con la matriz extranjera.

Periodista económico nacido en tierras andaluzas (Jaén, 1983). Me incorporé al equipo de La Información a principios del año 2018 para cubrir el sector de las telecomunicaciones, las startups y las grandes empresas tecnológicas. Anteriormente, me ocupé de la misma área informativa en el diario 'El Español' desde su fundación. Durante los años previos colaboré en diversos medios como 'El Confidencial', 'Expansión' y las revistas 'Forbes' o 'Emprendedores'.

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