Actualidad

La DGT te multará con hasta 3.000 euros si no llevas alguno de estos tres documentos siempre encima

Control rutinario de la Guardia Civil
Luis Sordo

La DGT es muy clara en este aspecto, en España siempre hay que llevar tres documentos obligatoriamente contigo, que son: el permiso de conducir, el permiso de circulación y la tarjeta de la ITV. Si no está presente ninguno de estos papeles, te puedes enfrentar a una gran sanción por parte de los agentes de la Guardia Civil, ya que es ilegal circular sin ellos y tu vehículo quedará inmovilizado en estos casos. 

Pero hay que tener en cuenta varios factores para determinar la multa por no portar alguno de estos documentos. Además, es también obligatorio que tu vehículo tenga el seguro en vigor.

¿Se pueden llevar de forma digital los papeles del coche?

En primer lugar, gracias al desarrollo de la aplicación Mi DGT se permite llevar de forma virtual el permiso de conducir desde el año 2020, pero desde la DGT aconsejan llevarlo también físicamente por si nos encontramos en una situación en la que la conexión a internet sea baja. 

A su vez, hay que recordar que no es suficiente con enseñar el DNI, ya que este no acredita estar en posesión del carnet de conducir. A la aplicación se podrá acceder mediante el Registro Electrónico, por lo que es necesario contar con un DNI electrónico o certificado en vigor; o credenciales de Cl@ave.

En el caso del permiso de circulación, la tarjeta ITV y el seguro, dentro de la aplicación Mi DGT podemos activar el denominado como ‘DNI Car’ que permite visualizar a través de un QR la documentación obligatoria y, por tanto, facilita la labor de los agentes. Pero como en el caso del carnet digital, es recomendable llevar estos papeles en formato físico por si existieran fallos de conexión.

¿Cuál es la multa si no llevo alguno de estos documentos?

En relación al permiso de conducir, si no lo llevamos la multa será de 10 euros, en el caso de que haya algún dato incorrecto, ya sea en la opción física o digital, la sanción ascenderá a 80 euros. Si su carnet está caducado, la penalización será de 200 euros, y por último, si no estás autorizado para conducir ese vehículo, la sanción llegará hasta los 500 euros.

Por otra parte, si no llevas el permiso de circulación ni la tarjeta de la ITV, la multa solo será de 10 euros en ambos casos. Pero si circulas sin el permiso, la sanción llegará a ser de hasta 500 euros, en el caso de que tu ITV esté caducada, la multa será de 200 euros.

Por último, la ley lo dice claro, todo vehículo debe disponer el documento del seguro obligatorio, aunque desde 2008 no es necesario llevarlo físicamente. Por tanto, en caso de que tu coche carezca de seguro, la sanción será entre los 601 y los 3.000 euros, además de que tu vehículo quedará inmovilizado inmediatamente.

loading...