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Polémica sentencia del Tribunal Supremo: desplazar un coche con el motor apagado en estado ebrio no es delito

Imagen de archivo de un control de alcoholemia de la Guardia Civil.
Europa Press

Conducir bajo los efectos del alcohol es una de las situaciones más peligrosas que ocurren en España, por lo que la Dirección General de Tráfico no se cansa de impulsar campañas en las que especifica que la única tasa segura al volante es 0,0. 

El caso que ha sentenciado la sala de lo penal del Tribunal Supremo hace referencia a la circunstancia en la que un conductor fue sorprendido por los agentes de la Guardia Civil empujando su coche por la vía de servicio de la A3, asimismo lo hacía llevando medio cuerpo dentro del vehículo para controlar el volante de este, además, arrojó un resultado positivo en la tasa de alcoholemia.

¿Qué ha establecido la sentencia del Supremo?

Pero el Supremo ha sentenciado que, pese a que transitó durante más de un kilómetro con medio cuerpo dentro, para controlar el volante con una tasa positiva de alcoholemia, no es un hecho constituyente de delito, debido a que no estaba conduciendo

Por lo tanto, la sala de lo penal reconoció que las condiciones del acusado ponían en “riesgo la seguridad de la vía”, y podía generar situaciones de peligro al resto de usuarios. Pero absolvió al conductor, ya que la sentencia especificó que “no cabe predicar de tal conducta que se haya producido la conducción de un vehículo a motor, desde el momento en que este se encontraba apagado y el acusado permanecía fuera del mismo, limitándose a empujarlo”.

¿Cuál es la tasa de alcohol permitida al volante?

Imagen de archivo de un conductor arrojando una tasa positiva en el control de alcoholemia.
ronstik

En España, el límite permitido para la tasa de alcoholemia al volante se establece en 0,25 mg/l en aire espirado y 0,5 g/l en sangre. Superar estos valores conlleva una infracción por conducción bajo los efectos del alcohol, resultando la retirada de 4 puntos del carnet de conducir y una multa inicial de 500 euros.

En el caso de conductores noveles y profesionales, el límite permitido es más bajo, situándose en 0,15 mg/l en aire espirado y 0,3 g/l en sangre. Además, los conductores menores de edad no tienen permitido registrar ninguna cantidad de alcohol en su sistema (0,0).

¿Cuándo es delito por alcoholemia?

El Código Penal español tipifica en su artículo 379.2 que se comete el delito cuando la tasa de alcohol en aire espirado supera los 0,60 miligramos por litro o en sangre es superior a 1,2 gramos por litro. Adicionalmente, el mismo artículo del Código Penal considera como delito dar positivo en el control de drogas

En este sentido, el consumo de sustancias prohibidas mientras se conduce está sujeto a sanciones legales. Por otro lado, el artículo 383 del Código Penal también establece como un acto delictivo el negarse a someterse a la prueba de alcoholemia. La negativa a cooperar con dicha prueba se considera una conducta punible de acuerdo con la legislación vigente.

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