Movilidad

Los vehículos que tienen prohibido circular por la M-30 debido a su distintivo ambiental de la DGT

Imagen de archivo de la M-30
AYUNTAMIENTO DE MADRID

A partir del año 2024, todos los municipios de España que tengan más de 50.000 habitantes deberán contar con una Zona de Bajas Emisiones (ZBE), pero ya hay ciudades como Madrid o Barcelona que ya han comenzado a aplicar estas medidas por lo que hay vehículos que ya no pueden acceder a determinadas zonas de estas urbes. 

En el caso de la capital de nuestro país, la Zona de Bajas Emisiones se expande hasta la mítica ronda circunvalación M-30, por tanto, por esta vía ya han comenzado a aplicarse las restricciones al paso de determinados vehículos.

¿Qué vehículos no pueden circular por la M-30?

A día de hoy, los coches que carecen del distintivo ambiental, es decir, los que cuentan con la pegatina A, que corresponde con los vehículos gasolina con fecha de matriculación anterior al año 2000 y los diéseles de antes de 2006, no tienen derecho a transitar por la M-30 ni tampoco por dentro de ella

No obstante, hay alguna que otra excepción, ya que los automóviles con sin distintivo ambiental pueden circular siempre y cuando estén empadronados y registrados en el consistorio madrileño. También es posible transitar con camiones, furgonetas o motocicletas que porten la pegatina A. Además, los coches catalogados como históricos se pueden conducir por esta Zona de Bajas Emisiones, así como, los que cuenten con la tarjeta de estacionamientos para personas con movilidad reducida.

¿Cuál es la multa si accedes a la M-30 sin etiqueta de la DGT?

El Ayuntamiento de Madrid informando en un cartel de la M-30 de una situación de escenario con exceso de contaminación.
JORGE PARÍS

En estos casos si circulas por esta ronda de circunvalación o por dentro de ella, es decir, por la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de Madrid con un vehículo sin etiqueta o con la pegatina de la A te puedes enfrentar a una sanción de hasta 200 euros, pudiéndote beneficiar de la bonificación por pronto pago del 50%. 

Por otra parte, te salvarás de la multa si demuestras que tu coche está empadronado y paga impuestos en la ciudad de Madrid, aunque este carezca del distintivo ambiental de la DGT.

¿Cambia la normativa para el año 2024?

Para el próximo 1 de enero de 2024, a los vehículos sin etiqueta se les sumarán los de la pegatina B, por lo que ambos tendrán prohibido circular por la M-30, aunque seguirán vigentes las excepciones que anteriormente hemos descrito. 

El cambio fuerte llegará supuestamente en enero de 2025, cuando no podrán acceder a la Zona de Bajas Emisiones de Madrid los vehículos sin etiqueta medioambiental de la DGT, aunque estén empadronados en la capital española.

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