Movilidad

La notificación de la DGT a la que tendrás que contestar si no quieres pagar 1.500 euros de multa

Multa Guardia Civil
EUROPA PRESS/ALD AUTOMOTIVE

Excesos de velocidad, maniobras temerarias, aparcar mal, circular bajo los efectos del alcohol... Varios son los motivos por los que los conductores pueden incurrir en una infracción y acabar recibiendo una multa, en algunos casos de varios cientos de euros, acompañada de la pérdida de puntos en el carné de conducir. No responder a las notificaciones de la DGT también es un hecho sancionable en algunos supuestos. 

Cuando los dispositivos de vigilancia de la DGT detectan a un vehículo cometiendo una infracción, muchas veces se envía un requerimiento al titular de ese vehículo con la intención de identificar al conductor. Las cámaras y radares detectan y sancionan al vehículo, pero no son capaces de discernir quién era el conductor en ese momento, por lo que Tráfico requiere al propietario del vehículo la identificación pertinente de quién estaba al volante en el momento de la infracción.

Dar una respuesta a este tipo de comunicaciones de la DGT es obligatorio: no hacerlo se considera una infracción grave y está sancionado con multas de hasta 1.500 euros

Por qué identificar al conductor y cómo hacerlo

La necesidad de comunicar a la DGT quién era el conductor que ha cometido la infracción detectada por los radares es para evitar que el verdadero infractor quede exento de pagar la sanción que, en esencia, iría dirigida a él. 

Para responder a este tipo de notificaciones y requerimientos es necesario indicar el nombre, apellidos, DNI, pasaporte o permiso de residencia y domicilio postal de la persona que conducía el vehículo.

El trámite puede realizarse de manera presencial en cualquier Jefatura, por correo postal o por internet. Esta última opción no está disponible en caso de que el conductor no resida en España o no tenga la licencia de conducir adecuada. Por otro lado, también es posible gestionar esta notificación a través de la aplicación móvil de la DGT

La persona que está obligada a realizar el trámite para la identificación es el titular del coche al que se le ha enviado el requerimiento y cuenta con un plazo de 20 días hábiles desde que se recibe la notificación para completarlo. El procedimiento es gratuito.

loading...