Barcelona

El juez atribuye un delito contra las instituciones a los imputados por el asedio al Parlament

El juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco considera que los 22 imputados por el asedio al Parlament de Catalunya de 2011 podrían haber cometido un delito contra las instituciones del Estado. En una interlocutoria firmada este miércoles, Velasco acuerda continuar la tramitación de las diligencias previas del sumario por la protesta de los indignados, que cerró los accesos a la Cámara catalana.

El juez pide al ministerio fiscal y al resto de las acusaciones que en un plazo de diez días formulen o bien el escrito de acusación solicitando la apertura del juicio oral, o bien el archivo de la causa.

Los hechos tuvieron lugar el 15 de junio del 2011 cuando, tal como consta en la interlocutoria, "en un contexto de protesta social se convocó un acto de manifestación bajo el lema Paremos el Parlament. No dejaremos que aprueben recortes" que "pretendía asediar el recinto ocupando todas sus entradas".

La interlocutoria recoge los casos de parlamentarios que "fueron rodeados e increpados por un grupo de personas", que recibieron "insultos y acciones que pretendían crear temor a su seguridad personal" y también casos de agresión.

La investigación posterior supuso la identificación e imputación de 22 personas que tuvieron que prestar declaración ante la Audiencia Nacional.

De falta a delito

El juez recuerda que la Constitución reconoce el derecho de reunión "pacífica" sin necesidad de autorización previa, "pero este derecho tiene límites" que están recogidos en el mismo artículo 21 de la Carta Magna, que "condiciona las reuniones y manifestaciones en lugares de tránsito público a comunicación previa a la autoridad, que podrá prohibirlas".

El juez recuerda que el Parlament es una alta institución del Estado y, por lo tanto, el delito podría ser penado con condenas de ente 3 y 5 años de prisión. De hecho, el juez dice que las actitudes de los imputados podrían constituir faltas si no fuera por el contexto en que se produjo y por la suma del "contexto grupal" en que se ejerció la coacción a los diputados, hecho que lo convierte en una "acción grave y punible".

Según Velasco, los 22 imputados habrían podido cometer un delito contra las instituciones del Estado porque hicieron uso de la violencia y/o la intimidación para impedir que miembros electos del Parlament asistieran a sus reuniones. Este delito está penado en el Código Penal y por lo tanto obliga a impulsar las diligencias previas y pedir al ministerio fiscal y a las acusaciones que se pronuncien sobre si quieren o no ir a juicio.

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