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Casco obligatorio para ciclistas y límite de 30 km/h en ciudad en la nueva norma de circulación

La directora general de Tráfico, María Seguí (i), acompañada del presidente de la Comisión de Seguridad Vial y Movilidad Sostenible del Congreso de los Diputados, Pere Macías (d).
MANUEL H DE LEON / EFE

El futuro Reglamento de Circulación contempla una reducción a 30 y hasta a 20 kilómetros por hora del límite máximo de velocidad en "numerosas calles" de zonas urbanas y también una disminución en zona interurbana.

Asimismo, mantiene los 120 kilómetros por hora en las vías de alta capacidad y "solo excepcionalmente" se proponen aumentos "hasta los 130 kilómetros de modo muy restringido". Será obligatorio para los ciclistas llevar casco para desplazarse en zona urbana.

Así lo ha explicado la directora general de Tráfico, María Seguí, en la Comisión de Seguridad Vial y Movilidad Sostenible Congreso de los Diputados. Aunque pendiente de aprobación, el borrador del anteproyecto del real decreto, por el que se modificará el Reglamento General de Circulación, ya avanzaba importantes modificaciones en los límites de velocidad en carreteras y ciudad y la eliminación de la práctica totalidad de exenciones en el uso del cinturón.

No obstante, Seguí ha propuesto crear una ponencia específica en el Congreso para analizar el uso del casco en la bicicleta antes de que sea obligatorio. Los plazos para la aprobación de este reglamento dependen "de la tramitación de la ley de seguridad vial", ha explicado. Estas son las principales novedades de

de la reforma del Reglamento de Circulación:

Límites de velocidad

  • Se crearán las "zonas 30" en ciudades, en las que el límite máximo de circulación serán los 30 kilómetros/hora. Además, habrá otras zonas "de plataforma única", "de coexistencia compartida entre el peatón, la bicicleta y el vehículo a motor", en las que la velocidad máxima sería 20 km/h. 
  • En las carreteras secundarias —zona interurbana— también habrá una reducción, pero no se especifica cuál.
  • En autopistas y autovías —vías de alta capacidad— el límite seguirá siendo 120 km/h y "excepcionalmente" y de modo "muy restringido" se aumentará a 130 km/h. El aumento será autorizado y gestionado por la Dirección General de Tráfico o, por la autoridad autonómica competente.

Cinturón de seguridad

  • Se amplia el grado de cobertura poblacional del uso obligatorio del cintutón, la medida afectará a "todos los españoles". Se prevé también una mejora del uso de los sistemas de retención infantil.

Alcohol y drogas

  • Se establece que la saliva sea una "muestra biológica de detección" en relación al consumo de drogas y la conducción.

Bicicletas

El reglamento incluye un capítulo entero dedicado a este medio de transporte. Las medidas contempladas son:

  • Promoción del uso del casco.
  • Modular la velocidad de los vehículos a motor en las vías urbanas para facilitar la integración de los ciclistas (la reducción mencionada a 30 y 20 km/h.
  • Favorecer los desplazamientos en calles con baja limitación de velocidad (contradirección).
  • Fomentar la visibilidad con medidas sobre el alumbrado y las prendas reflectantes homologadas.
  • Medidas para otorgar prioridad de paso a las bicicletas sobre los vehículos a motor en los pasos de peatones y permitir el uso de remolques o semirremolques para transporte de personas o de carga en vías urbanas.
  • Aumento de la severidad de la falta relacionada con no mantener la distancia mínima de seguridad de 1,5 m entre el vehículo motorizado y el ciclista.

Autocaravanas

  • Se equipara a nivel europeo su límite de velocidad, diferenciándolo en función de su masa máxima autorizada.
  • Se establece el estacionamiento de estos vehículos, adoptando una fórmula similar a otros países europeos.
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