Un año de prisión para la tuitera que publicó chistes de Irene Villa y Miguel Ángel Blanco

  • El Tribunal Supremo ha rebajado la pena de dos a un año al estimar parcialmente el recurso de la condenada.
  • La joven, nacida en 1991, recoge penas por enaltecimiento del terrorismo y humillación de las víctimas.
  • Tuiteaba mediante la cuenta Madame Guillotine, en la que denigró contra la memoria de personas "con nombre y apellidos".
Foto de perfil de la tuitera condenada.
Foto de perfil de la tuitera condenada.
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Foto de perfil de la tuitera condenada.

El Tribunal Supremo ha rebajado de dos a un año de prisión la pena impuesta por la Audiencia Nacional a una joven que publicó en su cuenta de Twitter comentarios y chistes sobre las víctimas de ETA Irene Villa y Miguel Ángel Blanco, al estimar parcialmente el recurso de casación de la condenada.

Entre los motivos alegados en su recurso la defensa de la joven exponía la desproporción de la pena, que es la razón que ha estimado la Sala de lo Penal del Supremo para rebajarla, al entender que se trata de una estudiante y, por tanto, en este tipo de delitos "ha de ponderarse" las expresiones y la juventud de la autora de la infracción criminal.

Sin embargo, el tribunal condena a la joven, nacida en 1991, de enaltecimiento del terrorismo y humillación de las víctimas, al publicar bajo el perfil Madame Guillotine de Twitter expresiones con el fin de denigrar la memoria de Miguel Ángel Blanco, asesinado por ETA hace justo hoy 19 años, y despreciar a la también víctima de un atentado de la banda Irene Villa.

Unas expresiones, argumenta la sentencia, que se enmarcan dentro del discurso del odio que "no están protegidas por la libertad ideológica o de expresión".

"No se penaliza el chiste fácil o de mal gusto, sino que una de las facetas de la humillación consiste en la burla, que no está recreada en este caso con chistes macabros con un sujeto pasivo indeterminado, sino un bien concreto y referido a unas personas a quien se identifica con su nombre y apellidos", concluye la sala.

A juicio de los magistrados, en este caso se cumple el requisito objetivo del delito de enaltecimiento del terrorismo y humillación a las víctimas, tanto por las acciones en alabanza de terrorismo, con frases como "Viva ETA" o la "Lucha es el único camino. Dale duro hasta ganar", como en las expresiones relativas a la humillación de las víctimas mencionadas.

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