Barcelona

A qué hora cierran los colegios electorales en Cataluña

Las elecciones autonómicas en Cataluña se celebran este jueves 21-D en medio de la máxima expectativa. Pero no solo inquieta saber qué partido logrará alzarse con el triunfo, sino que, para muchos, es una incógnita saber en qué momento irán a votar.

A diferencia de los últimos comicios celebrados en España (tanto municipales como autonómicos y generales), que habitualmente se han convocado en jornada no laborable, concretamente en domingo, las elecciones autonómicas de hoy se celebran en jueves.

A pesar de lo que pueda pensarse, no es la primera vez que algo así ocurre en la reciente historia democrática de España. Nada más echar a andar la democracia, España celebró comicios generales en cinco ocasiones coincidiendo con un día laborable. Las elecciones generales del 15 de junio de 1977 se celebraron en miércoles y los comicios de 1982, en los que resultó vencedor un jovencísimo Felipe González, fueron el jueves 28 de octubre.

En el caso de Cataluña, que fue también el del resto de España, los últimos comicios que se celebraron en día laborable fueron las primeras elecciones al Parlamento Europeo, el 15 de junio de 1989. Es cierto que las catalanas de 2006 se celebraron también un día que no era domingo, el 1 de noviembre. Pero no cuenta al tratarse de una jornada festiva.

Superada pues la sorpresa, aparente, de que las elecciones se celebren en día laborable, conviene saber qué derechos tiene el trabajador que quiera cumplir con las urnas. ¿Dónde tiene que votar? ¿De cuánto tiempo dispone? Respondemos a algunas cuestiones básicas:

¿Cuándo abren los colegios?

El horario de los colegios electorales será de 9 de la mañana a 8 de la tarde.

Si trabajo, ¿puedo ir a votar?

Sí, los catalanes que trabajen ese día tienen derecho a un permiso retribuido para ir a votar cuya duración dependerá de la coincidencia de la jornada laboral con el horario de apertura de los colegios electorales.

¿Cuánto dura el permiso para ir a votar?

Si la jornada es inferior a dos horas, este empleado no dispone de ningún tiempo retribuido, ya que puede votar cuando acabe su turno.El resto de empleados (en función de la duración de su jornada laboral), tendrán derecho a permisos de entre 2 y 4 horas de duración, tiempo en el que pueden ausentarse de su puesto de trabajao para ejercer su derecho al voto.

¿Y si trabajo a tiempo parcial?

En estos casos los trabajadores tendrán permisos retribuidos reducidos en función de la duración de su jornada laboral.

¿Y si se es miembro de una mesa electoral?

El trabajador tiene derecho a disfrutar de un permiso retribuido de jornada completa el día de la votación si ha sido designado como presidente o vocal de mesa.

loading...