Madrid

Dudas del escenario 2 de contaminación de Madrid: ¿Y si tengo una urgencia médica? ¿y si salgo de trabajar a las 12 de la noche?

Calle de Hortaleza, en Madrid.
JORGE PARÍS

Madrid capital estrena este miércoles el escenario dos del nuevo protocolo anticontaminación, en vigor desde el 10 de diciembre. Las limitaciones del Ayuntamiento de Madrid consisten, en lo fundamental, en que los vehículos sin distintivo ambiental, incluido motos y ciclomotores, no pueden circular ni por la M-30 ni por las calles de la almendra central (todo el anillo interior de la M-30). La restricción está operativa en horario de 6.30 a 22.00 horas.

Por otra parte, las plazas de aparcamiento de la zona SER solo pueden ser utilizadas por los residentes, en sus barrios, y por vehículos Cero Emisiones y ECO. La velocidad máxima en los accesos al municipio se queda en 70 km/h.

Pero, al ser la primera vez que se pone en marcha este nuevo protocolo en el escenario dos, hay varias casuísticas en las que se han planteado dudas sobre cómo afecta el protocolo y si están contempladas dentro del capítulo de las excepciones. Las que siguen son algunas de ellas, a las que responde para 20minutos una funcionaria del departamento municipal de calidad del aire:

¿Si vivo dentro de la M-30 no puedo salir con mi coche sin distintivo?

No, no puede circular con su vehículo si es motor gasolina anterior a 2000 o diésel de antes de 2006 (que representan un 17% del parque circulante en la ciudad). El protocolo afecta a todos los vehículos independientemente del lugar de residencia.

¿Y si entro a trabajar a las cinco de la mañana?

Es una de las excepciones que dicta el protocolo. Vehículos de profesionales cuya hora de inicio o de fin de jornada laboral esté fuera del horario de cobertura del transporte público (0:00 a 6:30 horas), acreditado a través de un certificado del empleador.

¿Y si salgo de trabajar a las doce de la noche?

Se aplica el punto anterior.

¿Y si tengo un ciclomotor?

Los ciclomotores, como las motocicletas, están sujetos a idénticos requisitos que el resto de los vehículos para la circulación. Sin embargo, no les afecta al estacionamiento, porque no les afecta la zona del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER).

¿Y si tengo una urgencia médica pero vivo dentro de la M-30?

No está contemplado. Solo pueden circular los vehículos con distintivo ambiental. Sin él, ni aunque sea una urgencia. Si se trata de una emergencia, las ambulancias sí tienen autorización para circular. Pero las emergencias las valora el hospital.

Soy autónomo, ¿puedo acceder y aparcar el coche para llevar los materiales necesarios?

El protocolo no distingue ni a residentes, ni a autónomos. Ningún coche, moto o ciclomotor sin distintivo ambiental puede circular en el interior de la M-30 en el escenario 2 de  anticontaminación, recuerdan en el departamento de calidad del aire. Solamente los que tengan etiqueta ECO, Cero emisiones, B o C. Aunque hay excepciones para los vehículos comerciales e industriales (ver abajo).

¿Y si tengo un coche híbrido enchufable de etiqueta cero emisiones?

Por supuesto, este tipo de vehículos no tiene restricciones.

¿Si mi vehículo es comercial con etiquetas C y B puedo aparcar en la zona SER?

Las excepciones contemplan que el colectivo cualificado de titulares de vehículos comerciales e industriales con vehículos de categoría C y B puedan aparcar en zona SER hasta el 31 de diciembre de 2020.

También se permite circular y estacionar, con la regulación y tarifa establecida, en la zona SER en escenario 2 a los vehículos acondicionados para desplazamiento de personas con movilidad reducida, los de emisoras de radio o televisión, servicios esenciales de incendios, limpieza, salvamento, protección civil y fuerzas y cuerpos de seguridad, así como ambulancias, servicios de funeraria o grúas.

¿Si llevo un camión de reparto de mercancías puedo circular en escenario 2?

El protocolo marca que los vehículos para operaciones de distribución urbana de mercancías con masa máxima igual o inferior a 3.500 kilos pueden circular hasta el 31 de diciembre de 2019, inclusive. Los que tengan una masa máxima superior a 3.500 kilos podrán circular hasta el 31 de diciembre de 2022.

¿Cuál es la multa por circular sin distintivo?

En el departamento de calidad del aire y en el 010 no saben especificar si solo multarán los radáres y cámaras o si también los agentes municipales. Tampoco pueden facilitar información sobre la cuantía de la sanción. Sin embargo, algunos medios informan de sanciones de 90 euros (45 por pronto pago), pero la ordenanza municipal califica de infracción "grave" no respetar las prohibiciones y restricciones en episodios de alta contaminación, que lleva una sanción aparejada de entre 100 y 1001 euros.

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