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Así es el juez Cobo, el único que pide el ingreso en prisión de 'La Manada' y el apoyo incondicional de la víctima

Imagen del juez Francisco Cobo desde el monitor del Palacio de la Justicia en Navarra.
EUROPA PRESS

La Audiencia de Navarra ha desestimado la petición del Ministerio Fiscal y las acusaciones de ingreso en prisión de los cinco miembros de La Manada y estos continuarán en libertad provisional. Una decisión a la que se ha opuesto uno de los jueces, que ha emitido el voto discrepante en el que sí aprecia "riesgo de fuga por la gravedad del delito". Es el magistrado José Francisco Cobo Saénz, presidente de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra y el único que apoyó a la víctima en todo el proceso.

Por dos votos contra uno, los magistrados desestiman la prisión provisional solicitada por la Fiscalía, la acusación particular, ejercida por la víctima, y las dos acciones populares -el Ayuntamiento de Pamplona y el Gobierno de Navarra-. Francisco Cobo es el único de los magistrados que siempre ha votado a que La Manada continuase en encerrada en prisión. Contrario a todo sus compañeros, siempre creía que soltarles supondría un enorme prejuicio para la víctima.

De hecho, el pasado junio se opuso a ponerlos en libertad. A su juicio, la confirmación de la condena por parte del Tribunal Superior de Justicia de Navarra  en diciembre, teniendo en cuenta la gravedad de la pena impuesta, "consolida y refuerza la necesidad de un ingreso en prisión para "evitar la sustracción a la acción de la justicia".

El único apoyo de la víctima

Desde el comienzo del largo y mediático juicio, Cobo exigió que se celebrase íntegro a puerta cerrada. Lo hizo por dos motivos: para salvaguardar "el derecho fundamental a la intimidad" de la víctima y para alejarla de una "indeseada e indeseable exposición pública aireando aspectos relativos a su intimidad corporal y vida sexual". El juez intentó que no se filtren ni la imagen ni los datos de la denunciante, de hecho, las cámaras no pudieron acceder al interior de la sala 102 de los juzgados de Pamplona para mantener su anonimato.

"Es indiscutible la gravedad del delito", ha reiterado en varias ocasiones y ha considerado que las condiciones previstas para la libertad provisional "pueden resultar ineficaces" para la protección de la víctima. Además, defendió prorrogar la situación de prisión provisional de manera incondicional.

Fue el único que no cambió de criterio y mantuvo su voto a favor del ingreso en prisión provisional. No ocurrió lo mismo en el caso de la jueza Raquel Fernandino, que en junio cambió su voto y hizo posible que los sevillanos pudieran salir de la cárcel.

La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra está compuesta por tres magistrados: José Francisco Cobo Sáenz (presidente), Raquel Fernandino y Ricardo González. Hasta ese momento, los magistrados José Francisco Cobo Sáenz y Raquel Fernandino se habían mostrado en contra de decretar la libertad provisional, en contra del criterio del magistrado Ricardo González, que se había declarado partidario de la libertad provisional bajo fianza. Pero el voto de Fernandino varió el equilibrio de mayorías y se dictó la libertad provisional.

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Los cinco miembros de La Manada continuarán en libertad provisional, después de que la Audiencia de Navarra haya desestimado la petición de ingreso en prisión del Ministerio Fiscal y las acusaciones, presentada con posterioridad a la sentencia condenatoria del TSJN a 9 años de prisión por un delito continuado de abusos sexuales perpetrado en los Sanfermines de 2016. Por dos votos contra uno, los magistrados desestiman la prisión provisional solicitada por la fiscalía, la acusación particular, ejercida por la víctima, y las dos acciones populares —el Ayuntamiento de Pamplona y el Gobierno de Navarra—.

Ver más en: https://www.20minutos.es/noticia/3528859/0/audiencia-mantiene-en-libertad-condenados-la-manada/#xtor=AD-15&xts=467263Los cinco miembros de La Manada continuarán en libertad provisional, después de que la Audiencia de Navarra haya desestimado la petición de ingreso en prisión del Ministerio Fiscal y las acusaciones, presentada con posterioridad a la sentencia condenatoria del TSJN a 9 años de prisión por un delito continuado de abusos sexuales perpetrado en los Sanfermines de 2016. Por dos votos contra uno, los magistrados desestiman la prisión provisional solicitada por la fiscalía, la acusación particular, ejercida por la víctima, y las dos acciones populares —el Ayuntamiento de Pamplona y el Gobierno de Navarra—.Ver más en: https://www.20minutos.es/noticia/3528859/0/audiencia-mantiene-en-libertad-condenados-la-manada/#xtor=AD-15&xts=467263

Una larga carrera jurídica

Francisco Cobo, (Logroño 1958), ha sido tildado en varias ocasiones de "mano dura", pero, sobre todo, es conocido por su reputación y una trayectoria que muchos califican de "intachable". Licenciado en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Navarra (1979), en 1982 ingresó por oposición a la Carrera Judicial Española, según Legal Today, donde aparece entre los colaboradores.

Desde el 1999 es presidente de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra. Ha sido el representante español ante el Consejo Consultivo de Jueces Europeos del Consejo de Europa (CCJE) y es experto en Derecho de la Unión Europea y en cooperación jurídica internacional.

Además, a lo largo de su carrera jurídica ha impartido conferencias en España, Francia y Portugal y coordinado cursos y seminarios en Bulgaria, España, Eslovaquia, Francia y Polonia. En 2008 fue propuesto por el Partido Socialista de Navarra para ocupar un sillón del Tribunal Constitucional, pero sin éxito. Le pasó lo mismo cuando intentó en 2010 presidir la Audiencia de Navarra.

El primer caso de violencia de género con jurado popular

Presidió el primer jurado popular que juzgó en Navarra un caso de violencia machista. El asesinato tuvo lugar el día 9 de abril de 2002 cuando Alicia Arístregui, de 37 años, apareció su pareja, quien tras frenar su coche, salió corriendo hacia ella con un cuchillo de 12 centímetros de hoja.

Al verlo, ella salió huyendo pidiendo auxilio, si bien el procesado se lo impidió al agarrarla del cabello y asestarle la primera puñalada en el pecho que le afectó el ventrículo derecho del corazón y que, según los forenses, fue mortal de necesidad. Posteriormente le propinó otros cuatro navajazos.

El acusado fue considerado por el jurado popular responsable de asesinar con alevosía y ensañamiento a su esposa y fue condenado a 22 años de prisión. Además, Cobo le condenó a una multa de 4.320 euros por un delito de quebrantamiento de la medida cautelar que le prohibía acercarse a su mujer a menos de 500 metros.

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