Facua denuncia a una web que usa el logo de la Comisión Europea y cobra 59 euros por renovar la tarjeta sanitaria

  • La empresa privada gestiona el procedimiento para obtener el servicio gratuito de la tarjeta sanitaria.
Imagen creada por Facua para alertar de la página web falsa de la Comisión Europea.
Imagen creada por Facua para alertar de la página web falsa de la Comisión Europea.
FACUA
Imagen creada por Facua para alertar de la página web falsa de la Comisión Europea.

Facua-Consumidores en Acción alertó este lunes sobre la web tarjetasanitariaeuropeaonline.com, que cobra 59 euros por gestionar la renovación de la tarjeta sanitaria haciendo uso del logotipo de la Comisión Europea.

Además, la página también utiliza colores y pestañas similares a los empleados en la página oficial de la Comisión “que pueden inducir a error” a los usuarios y hacer que paguen por un servicio gratuito si se solicita a través de las administraciones públicas de los Estados miembros.

La organización de consumidores ha denunciado los hechos ante la Dirección General de Comercio y Consumo de la Comunidad de Madrid, según informó a través de un comunicado en el que precisó que, hasta hace unos días, el aviso legal de dicha página indicaba que era propiedad de la empresa Servione Servicios Generales SL.

“Ahora aparece otra sociedad, Momentum Euroconsulting SL, que, como la anterior, está domiciliada en la localidad madrileña de Alcobendas. Otro de los dominios utilizados es tsetarjetasanitariaeuropea.online”, abundó Facua.

Induce a error

A este respecto, en la página de inicio de la web sólo se aclara que pertenece a una empresa privada “en un párrafo colocado al final, con un tamaño de letra sustancialmente menor al del resto y en una posición que no garantiza que el usuario acceda a esta información antes de solicitar la renovación de la tarjeta sanitaria europea”, denunció la organización.

Facua recordó que la Ley de Competencia Desleal establece que se consideran desleales, entre otras prácticas, cualquiera que “sea susceptible de inducir a error a las personas a las que se dirige o alcanza" sobre cuestiones como la "naturaleza", "características" y "las ventajas realmente ofrecidas".

Además, subrayó que la citada ley plantea como desleal “todo comportamiento que resulte idóneo para crear confusión con la actividad, las prestaciones o el establecimiento ajenos”. “El riesgo de asociación por parte de los consumidores respecto de la procedencia de la prestación es suficiente para fundamentar la deslealtad de una práctica", puntualizó, haciendo referencia a esta normativa de 1991.

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