Quién debe presentar la declaración de la Renta 2018-2019

Información de la Declaración de la Renta.
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Información de la Declaración de la Renta.

El martes 2 de abril comienza el plazo oficial para presentar la declaración de la Renta del año 2018, y continuará abierto hasta el próximo 1 de julio, incluido.

¿Quién debe presentar la declaración de la renta?

Según la Agencia Tributaria, “todos los contribuyentes personas físicas residentes en España”, sin embargo como indica el organismo, existen ciertas excepciones que se aplican tanto en la tributación individual como en la conjunta.

¿Quién no está obligado a declarar?

  • Aquellos trabajadores cuyos ingresos anuales brutos sean menores de 22.000 euros, si son de un solo pagador.
  • Los contribuyentes con rendimientos del trabajo procedentes de dos pagadores inferiores a 12.643 euros no están obligados a declarar. Aunque el nuevo umbral es de 14.000 euros anuales, en el ejercicio 2018 solo aplica desde el 5 de julio, por lo que queda en 12.643 euros. Sin embargo, estos contribuyentes tendrán que presentar declaración si quieren recibir una eventual devolución. El umbral para quienes cobren sus retribuciones del trabajo de un solo pagador se mantiene en 22.000 euros anuales.
  • Quienes reciban pensiones de jubilación o compensatorias, prestaciones por desempleo o reciban un pago por baja médica, siempre y cuando lo solicitasen presentando el modelo 146 a principios de año. Así como en los casos de pensiones compensatorias del cónyuge, contribuyentes sujetos a un tipo fijo de retención o casos concretos que no obliguen a retener. En estos casos, se aplicará el mismo baremo de corte a partir de los 12.000 euros.
  • Los trabajadores cuyos ingresos no superen los 1.000 euros brutos al año.
  • Aquellos con pérdidas patrimoniales por debajo de 500 euros.
  • Quienes cuenten con ingresos patrimoniales sometidos a retención o ingreso a cuenta o de capital inmobiliario que no superen los 1.600 euros al año.
  • Aquellas subvenciones para VPO o de precio tasado, rendimientos de letras del tesoro y rentas inmobiliarias imputadas que no superen los 1.000 euros anuales.

Eso sí, sin declaración no hay aplicación de reducciones o deducciones, ni devolución en el caso de que proceda, por lo que todo aquel que quiera efectuar estas gestiones deberá presentar su borrador como el resto de contribuyentes.

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