Barcelona

La Fiscalía pide al Supremo la suspensión de los presos electos

Testigos en la sesión del juicio del 'procés'.
Tribunal Supremo / EFE

La Fiscalía ha pedido a la sala del Tribunal Supremo que juzga a los 12 acusados por la organización del referéndum ilegal del 1-O en Cataluña que se comunique con la Mesa del Congreso y la del Senado para "proceder a la aplicación inmediata del artículo 384 Bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECRIM) a los efectos de la suspensión de los mismos en el ejercicio de sus derechos y deberes como diputados y senador respectivamente, debiendo de proceder aquellas Mesas a adoptar las medidas precisas para dar plena efectividad a la previsión legal".

El artículo 384 bis de la LECRIM establece que cuando exista un procesamiento firme por delito de rebelión y se decrete la prisión provisional, el procesado que ostente un cargo público quede "automáticamente suspendido" de sus funciones.

Dos requisitos que concurren en este caso y que hacen, según la Fiscalía, que ambas cámaras tengan que "proceder a la ejecución sin más trámites de la medida de suspensión".

La Fiscalía ha remitido este escrito un día después de que Oriol Junqueras, Jordi Sànchez, Jordi Turull, Josep Rull y Raül Romeva, todos ellos en prisión preventiva, adquiriesen la condición de parlamentarios, y antes de que se convoquen las mesas de ambas cámaras para analizar si procede la suspensión.

En su escrito, los fiscales aluden a un auto del juez instructor, Pablo Llarena, en el que indicaba que el citado artículo de la Lecrim persigue "preservar el orden constitucional impidiendo que personas que ofrecen indicios racionales de haber desafiado y atacado de forma grave el orden de convivencia democrática (...) puedan continuar en el desempeño de una función pública de riesgo para la colectividad" cuando concurren los elementos que justifican la prisión.

Precisamente, el pasado viernes el Supremo remitió un oficio a las mesas de las cámaras acompañado del auto en el que autorizaba a los cinco presos preventivos a acudir a las Cortes a adquirir la condición de parlamentarios "a los efectos procedentes", es decir, para que los letrados de las cámaras analicen si procede suspenderlos.

Fuentes jurídicas consultadas indican que son las cámaras las competentes para tomar esta decisión dado que sus reglamentos contemplan la suspensión automática en el caso del Congreso, y por mayoría absoluta en el del Senado, eso sí, una vez concedido el suplicatorio, algo que el Supremo rechazó solicitar.

A la espera de que se reúnan las mesas, tres partidos, PP, Ciudadanos y Vox, han registrado distintos escritos en los que instan a la suspensión inmediata de los parlamentarios.

Por su parte, la vicepresidenta del Gobierno en funciones, Carmen Calvo, aseguró que con el reglamento del Congreso en la mano los parlamentarios no pueden ejercer sus funciones.

El artículo 384 bis de la LECRIM ya fue aplicado a algunos de los ahora parlamentarios cuando fueron elegidos como representantes en el Parlament, en los comicios autonómicos del 21 de diciembre de 2017 a instancias del instructor del caso, Pablo Llarena.

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