Sevilla

Tribunales.- Piden cárcel a un hombre y otros tres acusados de estafar para conseguir dos fincas de su exmujer

En el escrito de acusación, al que ha tenido acceso Europa Press, el Ministerio Público pide para S.L.G., así como a los otros encausados, quienes responden a las iniciales de P.L.C.C., M.D.N. y F.A.C., una pena de dos años de cárcel y el abono de las costas procesales por un delito de estafa, al tiempo que solicita para todos ellos un año y tres meses de prisión y una multa de ocho meses con cuota diaria de siete euros (1.680 euros) por un delito de falsedad en documento oficial.

Con respecto a la exposición de los hechos, la Fiscalía señala en su escrito que los procesados a principios de enero del 2010 "se concertaron con la finalidad de privar de su legítima propiedad" a la exesposa de S.L.G. de dos fincas urbanas que le habían sido adjudicadas tras haber pactado previamente un régimen de separación de bienes.

De esta manera, el escrito del Ministerio Fiscal indica que F.A.C. acudió a la oficina de una notaría de Tomares "otorgando un poder general vender fincas de su propiedad a favor de P.L.C.C.". Así, una vez conseguido el poder, "con falaz propósito", sustituyeron el nombre de F.A.C. por el de la exmujer de S.L.G.. Posteriormente, el 26 de feberero de 2010, P.L.C.C. compareció en la oficina de otra notaría de Alcalá de Guadaíra y "haciendo uso del mendaz poder" vendió a M.D.N., que "actuaba" en nombre de una sociedad, dos fincas urbanas propiedad de la exesposa de S.L.G. situadas en Mairena del Aljarafe y en Ayamonte (Huelva).

La Fiscalía señala, además, que para justificar el pago M.D.N. entregó a P.L.C.C. un cheque librado contra una cuenta bancaria cuya titularidad corresponde a otra sociedad siendo M.D.N. el autorizado para disponer de los fondos. Así, dicho cheque "nunca llegó al poder" de la perjudicada y "no llegó a cargarse" en la cuenta referida.

Finalmente, las dos fincas urbanas, cuyo valor supera los 60.000 euros, no llegaron a inscribirse en el Registro de la Propiedad a nombre de la sociedad adquiriente puesto que P.L.C.C. compareció en la notaría de Alcalá "haciendo ver que el poder era inveraz" por lo que el notario extendió diligencias de rectificación por falta de autenticidad del poder y, a consecuencia de esto, se suspendió la inscripción el Registro.

Cabe apuntar que el Ministerio Público señala que las dos sociedades actuantes en el proceso son sociedades "de fachada instrumental" al tener un único socio, M.D.N., quien "actúa siguiendo las instrucciones de S.L.G.".

Por los hechos narrados en el escrito de la Fiscalía, los cuatro acusados serán enjuiciados por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla a partir de este jueves.

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