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Una de cada cinco familias numerosas en España es monoparental

Imagen de archivo de una familia monoparental.
GTRES

En España hay 696.798 familias numerosas, de las que una de cada cinco son monoparentales (145.382), es decir, aquellas con un progenitor y tres o más hijos, según datos del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social. Estas estadísticas demuestran que en 2018 ha aumentado este tipo de núcleos familiares en 55.350, lo que supone un 3% más que el año anterior.

Más de 2 millones de hijos forman parte de una familia numerosa, de las cuales, el 61,7% están compuestas por tres vástagos; el 21,55% por dos y el 11,11% por cuatro. A partir de los cuatro hijos, el número de familias desciende, siendo aquellas con diez o más las menos comunes, aunque en España hay 153 que cumplen este perfil. Así, hay 15.150 familias con cinco hijos, 3.680 con seis, 1.093 con siete, 510 con ocho y 192 con nueve. En cuanto a la nacionalidad, el 85% de los títulos corresponden a familias españolas, mientras que los de nacionalidad extranjera alcanzan el 15%.

Por comunidades y provincias

El reparto por comunidades es desigual, de modo que Andalucía es la región con el mayor número de títulos de familia numerosa expedidos, 138.620, a la que le siguen Cataluña con 125.626 y Madrid con 115.575. Por provincias, las que menos tienen son Soria (992), Ourense (1.140) y Lugo (1.144).

Deducciones en el IRPF, preferencia para obtener becas, reducciones del 50% o exención de tasas y precios en la educación pública o descuentos del 5% o el 10% en vuelos nacionales, son algunos de los beneficios de los que pueden disfrutar estas familias.

En España se consideran familias numerosas aquellas que estén integradas por uno o dos progenitores con tres o más hijos (sean o no comunes) o con dos hijos en el caso de que uno tenga una discapacidad superior al 33% o esté incapacitado para trabajar. Además, si los dos ascendientes tienen discapacidad, uno de ellos está incapacitado para trabajar o tiene una discapacidad del 65% también podrán disfrutar de esta condición.

En caso de que la madre o el padre estén separados o divorciados, serán considerados como familia numerosa si sus hijos están bajo su dependencia económica, al igual que dos hermanos huérfanos, sometidos a tutela, así como tres o más hermanos huérfanos mayores de 18 años (o dos, si uno tiene discapacidad) que convivan y tengan dependencia económica entre sí.

Los hijos formarán parte de la familia numerosa cuando: estén solteros; tengan 25 años o menos y estén cursando estudios universitarios o de FP (excepto si tienen discapacidad o incapacidad para trabajar que lo serán de por vida); vivan con sus padres; y dependan económicamente de ellos. Los viudos o viudas con dos o más hijos también tienen la consideración de familia numerosa.

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