El Constitucional avala el castellano en la prueba final de Primaria en Cataluña y el Govern dice que nada va a cambiar

  • El Pleno ha dado respuesta al conflicto de competencia promovido por el Govern en 2016.
  • La Generalitat dice que la sentencia no afectará a la comunidad, donde hay "pruebas propias" y no las estatales.
Aula de Primaria.
Aula de Primaria.
EUROPA PRESS - Archivo
Aula de Primaria.

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha avalado el derecho de los padres, madres o tutores legales a elegir que sus hijos hagan en la lengua castellana la prueba final de Educación Primaria en Cataluña. Sin embargo, el Govern ha respondido que la sentencia "no afectará", porque se refiere a los exámenes estatales y en Cataluña "se hacen unas pruebas propias".

A falta de conocerse la sentencia completa, el Tribunal Constitucional ha adelantado este miércoles en una nota que el Pleno ha dado respuesta al conflicto de competencia promovido por el Gobierno catalán en 2016 respecto al real decreto del Ministerio de Educación de 2015 que regulaba las características de las pruebas de la evaluación final de Primaria.

La sentencia del TC avala así la constitucionalidad del real decreto 1058/2015 en cuanto a que los padres podrán elegir si sus hijos hacen el examen en castellano o en la lengua cooficial correspondiente.

El citado real decreto (sobre las características de unas pruebas que fueron establecidas en 2006 por la LOE) fue firmado por el entonces ministro Íñigo Méndez de Vigo el 20 de noviembre de 2015.

En 2016, el Constitucional admitió a trámite el recurso de la Generalitat de Cataluña contra ese decreto al considerar que vulneraba las competencias autonómicas en materia educativa y de lengua propia y, además, suponía una vulneración del régimen lingüístico de la enseñanza en Cataluña establecido por el Estatut.

Las pruebas finales de Primaria, individualizadas y comunes para el conjunto del Estado, fueron establecidas en la LOE de 2006 y también en la Lomce de 2013.

Los magistrados han dado la razón en parte al recurso de Cataluña pues ha declarado "la inconstitucionalidad y nulidad", por vulneración de competencias, de algunos puntos del artículo 7.

Por ejemplo, ha declarado inconstitucional el inciso "que elaborará el Ministerio de Educación" en referencia a unos cuestionarios de contexto que se entregan a los alumnos para hacer de forma simultánea a la celebración de la evaluación final.

El Govern sostiene que no afectará a Cataluña

Según la Generalitat, la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) "no afectará" a Cataluña, porque se refiere a pruebas que "nunca se han aplicado" en esta comunidad.

Así lo han afirmado fuentes del Departamento de Educación, que han añadido que la sentencia se refiere a las pruebas finales de sexto de primaria, individualizadas y comunes para el conjunto del Estado, cuyo objetivo era determinar si los alumnos estaban preparados para superar la etapa.

En Cataluña "nunca se han llegado aplicar estos exámenes" y "se hacen unas pruebas propias, conocidas como de competencias básicas, que son evaluadoras del sistema y no para evaluar los conocimientos individuales de los alumnos", han afirmado las mismas fuentes.

Las pruebas de evaluación de sexto de primaria o de competencias básicas, al ser propias del departamento de Educación, se hacen en lengua catalana, excepto los exámenes de castellano y de lengua extranjera, han recordado desde Educación.

La sentencia el TC se refiere al Real Decreto 1058/2015 (sobre las características de unas pruebas que fueron establecidas en 2006 por la LOE) y que fue firmado por el entonces ministro Íñigo Méndez de Vigo el 20 de noviembre de 2015.

En 2016, el Constitucional admitió a trámite el recurso de la Generalitat de Cataluña contra ese decreto al considerar que vulneraba las competencias autonómicas en materia educativa y de lengua propia y, además, suponía una vulneración del régimen lingüístico de la enseñanza en Cataluña establecido por el Estatut.

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