La Fundación Franco pide de nuevo al juez suspender la exhumación

Último día de visitas en el Valle de los Caídos con los restos de Franco en la basílica.
Último día de visitas en el Valle de los Caídos con los restos de Franco en la basílica.
EFE
Último día de visitas en el Valle de los Caídos con los restos de Franco en la basílica.

Representantes de la Fundación Francisco Franco han presentado en un juzgado de Madrid un escrito en el que piden la "medida cautelarísima de suspensión" de la licencia del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial que permitirá exhumar el jueves próximo al dictador del Valle de los Caídos.

En un escrito presentado en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 13 de Madrid explican que realizan esta solicitud "ante la inminente ejecución" de la exhumación "dada la maquinaria pesada que se está depositando en el entorno de la basílica del Valle de los Caídos y que se ha cerrado el acceso al público".

Alegan que dicha "medida cautelarísima" es necesaria para evitar que pierda su objeto el recurso que presentaron en este juzgado contra las obras amparadas por la licencia municipal concedida para la exhumación.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha rechazado  otro intento de la familia del dictador de anular la exhumación.

Este recurso es interpuesto después de que otro juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, el número 3, del juez José Yusty, archivara el jueves pasado el procedimiento tramitado a raíz del recurso de la familia Franco contra la licencia municipal. El juez José Yusty adoptó esta decisión después de que el Tribunal Supremo desestimara el recurso de la familia Franco contra la exhumación acordada por el Gobierno.

"Auxilio in extremis"

Ahora, tras anunciar el Gobierno que la exhumación tendrá lugar el jueves representantes de la Fundación Francisco Franco realizan este nuevo intento de paralizarla, en otro juzgado madrileño. En su escrito, alegan que se ven en "extrema necesidad de solicitar al juzgado auxilio in extremis para que se suspenda la validez de los efectos de la licencia para que el Gobierno no pueda ejecutar ni consumar su declarada sin tapujos por la vicepresidenta intención de exhumar" a Franco.

Estiman que los actos objeto de impugnación ante el Tribunal Supremo fueron los acuerdos del Consejo de Ministros de 15 de febrero y 15 de marzo pasados, pero no la concesión de la licencia municipal para levantar la losa y realizar las obras precisas para proceder a la exhumación.

Añaden que son "obras de gran envergadura, sin proyecto técnico que lo respalde con el debido análisis de las medidas de seguridad a adoptar sobre un edificio catalogado con protección integral, creando una gran alarma social", además del "peligro para personas y bienes". "Se corre el riesgo de que se ejecuten unas obras ilegales", denuncia el escrito.

Por otra parte, los representantes de la Fundación alegan el "derecho fundamental a la intimidad del fallecido y de su familia y la necesidad de respetar el sagrado reposo eterno, que se vería vulnerado si se accede a ejecutar las obras manifiestamente ilegales", así como la inviolabilidad de los restos mortales. "Durante 43 años lleva descansando el general Franco en su reposo eterno en su tumba de la basílica, sin que ello haya generado perjuicio alguno al interés público", apostillan.

El Supremo tumba el último recurso de la familia

Precisamente este martes, el Tribunal Supremo ha rechazado el último recurso presentado por la familia Franco, contra la providencia de 10 de octubre de 2019 donde declaró, en contestación a la Abogacía del Estado, que su sentencia firme sobre este asunto era título legítimo para acceder a la Basílica del Valle de los Caídos y exhumar los restos de Franco.

Los familiares impugnaron la providencia al considerar que vulneraba la inviolabilidad de la Basílica ante la negativa del Prior Administrador a autorizar la entrada en ella para llevar a efecto los acuerdos del Consejo de Ministros en su día recurridos.

En un auto, el alto tribunal responde que “la resolución ahora cuestionada no infringe la inviolabilidad de la Basílica y la ulterior negativa del Prior Administrador no introduce ningún elemento nuevo una vez que se ha afirmado que la exhumación no es contraria al artículo 1.5 del Acuerdo con la Santa Sede sobre Asuntos Jurídicos, que -debemos reiterarlo- garantiza la inviolabilidad de los lugares de culto de acuerdo con las leyes”.

Agrega que “precisamente son conformes con las leyes y ninguna lesión causan a los derechos fundamentales invocados por los recurrentes los acuerdos del Consejo de Ministros, según hemos explicado. Por eso, tuvimos por decaída la inicial negativa del Prior Administrador y, por esa misma razón, la nueva carece de fundamento y no puede ser obstáculo ya a su ejecución en virtud de una sentencia firme”. “En fin –concluye el auto--, nada de cuanto acabamos de decir es desconocido para los recurrentes pues está explicado en la sentencia”.

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