La Fiscalía pide mantener la euroorden de Puigdemont y solicita al Parlamento Europeo que suspenda su inmunidad

Puigdemont y Comín, en el Europarlamento
Puigdemont y Comín, en el Europarlamento
EFE
Puigdemont y Comín, en el Europarlamento

La Fiscalía del Tribunal Supremo ha solicitado al juez instructor del "procés", Pablo Llarena, que mantenga la euroorden contra el expresidente catalán Carles Puigdemont y el resto de medidas cautelares, al tiempo que solicita al Parlamento Europeo la suspensión de la inmunidad.

En un escrito también relativo al exconseller Toni Comín, fechado el pasado día 20, los fiscales del caso también piden que se informe al juez belga que debe decidir sobre sus órdenes de detención y entrega, de modo que "se deje sin efecto los plazos para la resolución" de la euroorden hasta que el Parlamento Europeo decida si les suspende la inmunidad.

Tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que reconoció que el líder de ERC, Oriol Junqueras, debió gozar de inmunidad como eurodiputado desde que la proclamación de los resultados de las elecciones (13 de junio), la Fiscalía ha expresado su postura en relación a Puigdemont y Comín a petición del juez Llarena, que reconoció que el fallo podía tener la misma incidencia en los fugados en Bélgica.

En su escrito, en el que pide que Llarena mantenga todo lo acordado contra ellos (prisión provisional, euroórdenes y declaración de rebeldía), la Fiscalía les reprocha que quieran "acogerse al paraguas de la inmunidad" que a su juicio le concedía la elección como europarlamentarios para eludir su entrega y el juicio en España.

Consideran los fiscales que las medidas cautelares que pesan sobre Puigdemont y Comín "están absolutamente legitimadas y justificadas" por la gravedad de las penas a las que se enfrentarían al estar procesados por sedición y malversación, y por la necesidad de proceder a su entrega para responder ante la Justicia y "evitar la reiteración delictiva".

A su juicio, la sentencia del TJUE no impide que estas medidas cautelares se mantengan y recuerda además que en virtud de la legislación española y tal y como el Supremo explicó en un auto, el suplicatorio (permiso a la Cámara) solo sería necesario para aquellos parlamentarios que todavía no hayan sido procesados.

Sin embargo, Puigdemont y Comín se presentaron a las elecciones estando fugados y procesados por lo que "eran plenamente conscientes de las limitaciones que comportaba su situación procesal" en el ejercicio de sus derechos políticos.

Admite que el alcance de la inmunidad es más amplio si el eurodiputado está fuera de su país, pues según el protocolo que lo regula, no podría ser detenido, si bien la Fiscalía recuerda la facultad de pedir al Parlamento la suspensión de dicha garantía.

Incide también el escrito en que la inmunidad no es un privilegio, sino una garantía de independencia del Parlamento, por lo que no protege "de forma ilimitada" a los parlamentarios frente a procesos penales en los que la instrucción concluyó antes de la propia convocatoria electoral, "creando así un inadmisible limbo parlamentario".

"La inmunidad no puede convertirse, en ningún caso, en un refugio protector o generador de impunidad frente al legítimo ejercicio de la función jurisdiccional", indica la Fiscalía.

Se opone a anular la sentencia del `procés´ como piden Junqueras, Forcadell y Romeva

También ha remitido otro escrito al Tribunal Supremo en el que que se opone a la anulación de la sentencia del `procés´ por entender que no hubo vulneración de los derechos de los acusados y rebate los argumentos del exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras, de la expresidenta del Parlament Carme Forcadell y del exconseller Raül Romeva.

En concreto, el ministerio público descarta que se haya producido indefensión en el caso de Junqueras, que fue condenado el 14 de octubre tras haber sido elegido europarlamentario.

El juicio por el que se le condenó a 13 años de cárcel por sedición y malversación terminó un día antes de la proclamación de los resultados de las elecciones europeas, momento a partir del cual estaría amparado por la inmunidad parlamentaria, tal y como ha fallado el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE).

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